Cámara pide a la Corte Constitucional 30 días más para subsanar la reforma pensional

La Mesa Directiva presentó la solicitud ante la Corte Constitucional para corregir los vicios de trámite señalados en ciertos artículos de la reforma.
Los trabajadores que descubran que sus empleadores no realizaron los aportes a pensión durante algún tiempo pueden solicitar una revisión de las cotizaciones pendientes y gestionar la regularización de esos aportes. Crédito: Diseñado por Magnific + www.magnific.com

La Mesa Directiva de la Cámara de Representantes solicitó a la Corte Constitucional una ampliación de 30 días hábiles para subsanar el trámite de varios artículos y proposiciones de la reforma pensional.

La corporación argumentó, en un comunicado oficial, que necesita tiempo adicional para garantizar el debate y la votación de los asuntos devueltos por la Corte Constitucional, en medio de las exigencias establecidas en la sentencia y la discusión del Presupuesto General de la Nación para 2027.

La petición fue presentada el miércoles 21 de octubre y está dirigida a la Sala Plena de la Corte Constitucional, en el marco de la Sentencia C-264 de 2026, con ponencia de la magistrada y presidenta de la corte Paola Andrea Meneses.

En el documento, la Mesa Directiva pidió que la ampliación se conceda por una sola vez y que los 30 días hábiles adicionales solicitados cuenten a partir del vencimiento del plazo inicial, establecido para el 30 de octubre de 2026.

¿Por qué la Cámara pide más tiempo para tramitar la reforma pensional?

La Cámara argumentó que en el plazo otorgado por el alto tribunal para subsanar el procedimiento legislativo, también tuvo que atender el trámite del Presupuesto General de la Nación.

La Cámara asegura que las dos obligaciones coincidieron durante el mismo periodo y exigieron deliberaciones y decisiones en plenaria.

La corporación señaló que el trámite presupuestal no podía aplazarse libremente por decisión de la Mesa Directiva, por los términos legales que lo regulan.

Como antecedente, la Cámara señaló que las comisiones económicas conjuntas aprobaron el proyecto de presupuesto en primer debate el 23 de septiembre. Posteriormente, se realizó el segundo debate en una jornada cuya votación terminó a las 3 de la madrugada del 20 de octubre.

La Mesa Directiva afirmó que no pretende modificar las obligaciones establecidas por la Corte ni cambiar el contenido de la reforma pensional. Además, asegura que el tiempo adicional permitiría cumplir la orden judicial.

¿Qué le ordenó la Corte Constitucional a la Cámara sobre la reforma pensional?

La Corte Constitucional ordenó devolver a la Cámara de Representantes ciertas disposiciones de la Ley 2381 de 2024 para que se subsanaran los vicios de procedimiento identificados durante su trámite legislativo.

La decisión incluye apartes de los artículos 11, 19, 23, 36, 63, 84, 92 y 93, una proposición relacionada con el artículo 14 y otra destinada a incorporar un artículo nuevo.

Es decir, la Cámara de Representantes no deberá volver a votar toda la reforma, sino que tendrá que corregir algunos contenidos específicos señalados por la Corte.

La Corte determinó que el nuevo procedimiento debe garantizar la convocatoria, el anuncio previo, la publicidad, el tiempo prudencial para estudiar las proposiciones, la deliberación y la votación.

¿Qué pasaría si la Corte Constitucional acepta la solicitud?

Si la Sala Plena concede la ampliación, la plenaria de la Cámara dispondría de 30 días hábiles adicionales para adelantar el procedimiento de subsanación de algunos artículos de la reforma pensional. Durante ese periodo tendría que garantizar el estudio de las proposiciones, las intervenciones, los debates y las votaciones correspondientes.

Claves del tema, en cuatro preguntas:

¿Por qué la Cámara de Representantes pidió 30 días más para la reforma pensional?

La Mesa Directiva solicitó una ampliación de 30 días hábiles para subsanar el trámite de varias disposiciones de la Ley 2381 de 2024. Argumentó que el procedimiento coincidió con la discusión del Presupuesto General de la Nación para 2027.

¿Qué artículos de la reforma pensional debe revisar la Cámara?

La orden de la Corte Constitucional comprende apartes de los artículos 11, 19, 23, 36, 63, 84, 92 y 93, además de dos proposiciones relacionadas con otros contenidos de la ley. No se debe repetir la votación de toda la reforma, sino corregir los procedimientos señalados.

¿Cuándo vence el plazo para subsanar la reforma pensional?

Según el cómputo presentado por la Mesa Directiva, el plazo inicial vence el 30 de octubre de 2026. La Cámara pidió que los 30 días hábiles adicionales se cuenten desde esa fecha, pero la ampliación depende de la decisión de la Corte Constitucional.

¿La Corte Constitucional ya aprobó la prórroga para la reforma pensional?

No. La Mesa Directiva de la Cámara presentó la solicitud el 21 de octubre de 2026, pero el comunicado no informa que la Corte haya concedido la ampliación. La decisión sobre el plazo adicional corresponde a la Sala Plena del alto tribunal.