Nuevo decreto electoral restringe celulares en votaciones y desata debate

El Gobierno Nacional modificó decreto electoral y restringe celulares en puestos de votación.
Se trata del momento en que el ciudadano necesita presentar la cédula de ciudadanía digital para identificarse ante el jurado de votación. Crédito: Colprensa

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0211 del 5 de marzo de 2026, con el que modifica algunas disposiciones del decreto anterior que establecía medidas de orden público para las elecciones legislativas y presidenciales de este año.

Según señala el nuevo texto, la principal aclaración tiene que ver con el uso de celulares, cámaras y dispositivos electrónicos dentro de los puestos de votación durante la jornada electoral.

Según el decreto, “entre las 8 de la mañana y las 4 de la tarde no estará permitido usar celulares ni cámaras dentro de los puestos de votación”, una medida que se expide con el fin de proteger el secreto del voto, así como evitar presiones a los electores y garantizar la transparencia del proceso electoral.

Sin embargo, hay que precisar que el Gobierno explicó que sí podrán utilizar estos dispositivos por parte de los medios de comunicación que estén debidamente identificados, así como funcionarios del Ministerio Público, es decir, Procuraduría, Defensoría del Pueblo y personerías, lo mismo que servidores de la Fiscalía o de otros órganos de control que estén realizando labores de vigilancia electoral.

¿Qué pasa con quienes tienen cédula de forma digital?

Si se analiza el texto del nuevo decreto, se puede deducir que, para los ciudadanos, se mantiene una excepción puntual: “podrán usar el celular únicamente para mostrar la cédula digital al jurado de votación, si es necesario para identificarse”.

Ahora bien, para el caso de los testigos y observadores electorales, el decreto es bastante claro y establece que “pueden ingresar con sus celulares o dispositivos, pero no podrán utilizarlos dentro del puesto de votación mientras se desarrolla la jornada electoral”.

Sin embargo, para ese mismo tipo de ciudadanos (testigos y observadores electorales) se aclara que una vez cierren las urnas, es decir a partir de las 4 de la tarde, “estos actores sí podrán usar libremente los dispositivos durante el proceso de conteo y escrutinio de votos, como parte de las labores de vigilancia electoral”.

En síntesis, el Gobierno Nacional aclara o asegura que este decreto no cambia el fondo de la medida, sino que aclara quiénes pueden usar celulares dentro de los puestos de votación, con el objetivo de evitar confusiones y garantizar un proceso electoral transparente.