Congreso no sería competente para definir si Wadith Manzur puede posesionarse: le devolvería la pelota a la Corte

La FM conoció detalles de cómo avanza la discusión jurídica dentro del Senado para determinar si el electo senador puede posesionarse o no el próximo 20 de julio.
Wadith Manzur dijo que recibe “con serenidad” la medida de aseguramiento ordenada por la Corte Suprema de Justicia por el caso de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). Crédito: Colprensa

El equipo jurídico del Senado de la República ya está avanzando en el estudio de un derecho de petición remitido por la Corte Suprema de Justicia, en el que se le pide pronunciarse sobre una solicitud que llegó de un ciudadano para determinar si el actual representante Wadith Manzur, quien fue capturado por el escándalo de corrupción de la UNGRD, puede posesionarse como senador el próximo 20 de julio, tras haber sido elegido como tal en las elecciones pasadas.

La FM conoció detalles de cómo está avanzando el estudio dentro del Congreso para resolver esta petición y hasta el momento, según ha conocido este medio, la posible respuesta que darían es que el Senado de la República no sería competente para autorizar dicha posesión.

Aunque todo puede cambiar en los próximos meses, hasta el momento lo que se tendría pensado hacer es devolver la documentación a la Corte Suprema para que sea ese alto tribunal el que determine cuál debe ser el futuro jurídico y político sobre Manzur.

Según conoció La FM, serían cuatro las conclusiones a las que se llegaría tras el estudio jurídico que se está abordando sobre el tema:

  1. El Congreso no sería competente, ya que el poder legislativo no es autoridad judicial para determinar si puede otorgarle o no un permiso especial a un privado de la libertad para posesionarse y asumir la curul.
  2. Una eventual posesión del congresista conservador debería definirla la próxima mesa directiva que asumirá el 20 de julio próximo y no la actual. A Manzur no se le habría vulnerado ningún derecho político hasta el momento, porque la posesión del nuevo Congreso se llevará a cabo dentro de más de tres meses y la situación jurídica del dirigente podría cambiar en ese tiempo.
  3. El Congreso no autoriza ni limita derechos políticos, eso es resorte de un juez de la República o de la propia Corte, esto ante la solicitud expresa que se hace en el derecho de petición para determinar si esta medida preventiva de privación de la libertad lo imposibilita o no para “ejercer el mandato representativo del voto popular”.
  4. Sobre el tema de la silla vacía para Wadith Manzur, dicha figura ya se aplicó en la Cámara de Representantes porque su curul no fue reemplazada y en caso de que por alguna razón lograra posesionarse como senador, dicha ‘silla vacía’ podría, eventualmente, hacerse extensiva en el Senado, tal y como ocurrió en el caso de Aida Merlano. Sin embargo, este tema aún no está tan claro.

Estas no son conclusiones definitivas y las mismas podría cambiar en cualquier momento de acuerdo al análisis jurídico, pero la respuesta definitiva será entregada por el Senado de la República a al Corte Suprema en el transcurso de las próximas semanas.