Por vencimiento de términos otorgan libertad provisional a Iván Name y Andrés Calle por caso UNGRD

La decisión la confirmó el abogado defensor de Calle, Santiago Trespalacios.
Desde Villavicencio se acusó a los expresidentes del Congreso. Tan pronto quede en firme la decisión los aforados enfrentarían juicio Crédito: Colprensa

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia concedió el beneficio de libertad provisional por vencimiento de términos a los expresidentes de la Cámara de Representantes, Andrés David Calle Aguas, y del Senado, Iván Leónidas Name Vásquez.

Ambos se encuentran procesados por su presunta implicación en el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

La decisión, contenida en el auto AEP 140-2026, responde a las solicitudes presentadas por las defensas técnicas de los enjuiciados. La Corte fundamentó la medida en la causal 5.ª del artículo 365 de la Ley 600 de 2000, al haber transcurrido los 12 meses legales —incluyendo la ampliación por pruebas decretadas en el exterior— desde la ejecutoria de la resolución de acusación (7 de octubre de 2025) sin que se haya celebrado la audiencia pública de juzgamiento.

El tribunal aclaró además que no existieron dilaciones o maniobras injustificadas atribuibles a los procesados ni a sus abogados.

El contexto del caso

Según la acusación, en septiembre de 2023 se habría pactado el pago de coimas en la Casa de Nariño entre altos funcionarios del Gobierno y el entonces director de la UNGRD, Olmedo López, con el objetivo de asegurar el trámite y aprobación de las reformas a la salud y pensional en el Congreso.

En dicho marco, se habrían direccionado $4.000 millones en efectivo a través del exsubdirector Sneyder Pinilla. De este dinero, $1.000 millones habrían sido entregados de forma directa a Andrés Calle en su departamento en Montería el 14 de octubre de 2023, mientras que los $3.000 millones restantes habrían sido entregados a Iván Name a través de la exconsejera presidencial Sandra Ortiz en Bogotá. La acusación señala que estos fondos provenían de maniobras financieras y comisiones vinculadas al contrato de los 40 carrotanques para La Guajira.

Por estos hechos, la Corte dictó resolución de acusación por los delitos de cohecho impropio e intervinientes en peculado por apropiación en favor de terceros agravado.

Requisitos para hacerse efectiva la libertad

Pese a conceder la libertad provisional, el alto tribunal determinó que la boleta de libertad dirigida al Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Bogotá (La Picota) estará condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. Caución prendaria: El pago de una caución equivalente a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
  2. Diligencia compromisoria: La firma del acta con las obligaciones de ley estipuladas en el artículo 368 de la Ley 600 de 2000, obligándoles a responder al llamado judicial y brindar datos exactos de ubicación.

Adicionalmente, el INPEC deberá verificar previamente que ninguno de los enjuiciados tenga otros requerimientos o pendientes judiciales con autoridades distintas.

Defensa de Andrés Calle celebró la decisión

A través de su cuenta de X, el abogado Andrés Trespalacios, confirmó la decisión de la Corte Suprema de otorgarle la libertad provisional al expresidente de la Cámara de Representantes, Andrés Calle, procesado por el caso de corrupción en Gestión del Riesgo. Esto significa que podrá estar en libertad mientras se surte el proceso.

"Acaban de notificarnos la libertad del expresidente de la Cámara Andrés Calle. Desde su defensa celebramos la decisión, agradecemos a la justicia y esperamos poder defender su inocencia en el juicio que se avecina", manifestó el abogado Trespalacios.

Preguntas clave para entender la decisión de la Corte

¿Por qué la Corte Suprema de Justicia le otorgó la libertad provisional a Andrés Calle e Iván Name?

La decisión se tomó por vencimiento de términos (causal 5.ª del artículo 365 de la Ley 600 de 2000). Transcurrieron los 12 meses legales fijados desde la ejecutoria de la resolución de acusación (7 de octubre de 2025) sin que se hubiera celebrado la audiencia pública de juzgamiento, y sin que existieran maniobras dilatorias atribuibles a los acusados o a sus defensas.

¿Esta decisión significa que los expresidentes del Congreso fueron absueltos del proceso?

No. La libertad provisional no implica la inocencia ni la absolución de los procesados. Andrés Calle e Iván Name continuarán vinculados al proceso judicial y enfrentarán el juicio en libertad bajo las condiciones fijadas por la Corte.

¿Cuáles son los delitos por los que se les acusa en el caso de la UNGRD? 

Ambos excongresistas responden como probables autores del delito de cohecho impropio e intervinientes en el delito de peculado por apropiación en favor de terceros agravado. La Fiscalía y la Corte sostienen que habrían recibido $4.000 millones en efectivo ($1.000 millones para Calle y $3.000 millones para Name) a cambio de favorecer el trámite de las reformas a la salud y pensional del Gobierno Nacional.

¿Qué requisitos deben cumplir para salir del centro carcelario La Picota? 

Para hacer efectiva la orden de libertad, ambos procesados deben pagar una caución prendaria equivalente a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) y firmar una acta compromisoria garantizando su comparecencia ante la justicia. Asimismo, el INPEC deberá verificar que no existan otros requerimientos judiciales vigentes dictados por otras autoridades