Con la llegada de 2026, millones de colombianos están a la espera del inicio de las jornadas electorales legislativas y presidenciales, lo que ha vuelto a situar en el centro del debate público la norma que regula el uso de los recursos estatales en tiempos electorales: la Ley de Garantías Electorales.
Esta ley busca impedir que los recursos públicos sean utilizados con fines proselitistas, por lo que establece límites a la contratación estatal y a determinadas actuaciones de los funcionarios públicos durante el periodo previo a las elecciones.
¿Qué es la Ley de Garantías en Colombia y cuál es su propósito?
La Ley 996 de 2005, conocida como Ley de Garantías, fue creada con el objetivo de asegurar la transparencia y la equidad en los procesos electorales.
Su propósito es evitar que los gobiernos de turno favorezcan a candidatos o movimientos políticos mediante el uso del presupuesto público. Para ello, la norma impone restricciones temporales a la contratación directa, la participación de funcionarios en actos políticos y el nombramiento de cargos públicos, con el fin de garantizar elecciones en condiciones de igualdad y sin ventajas institucionales.
¿Cuándo empieza a regir la Ley de Garantías en el año electoral 2026?
Teniendo en cuenta que las elecciones legislativas se realizarán el 8 de marzo de 2026, la Ley de Garantías entró en vigor desde el 8 de noviembre de 2025.
“Durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de la elección en segunda vuelta, si fuere el caso, queda prohibida la contratación directa por parte de todos los entes del Estado”, señala la norma.
Cabe recordar que las elecciones presidenciales están programadas para el 31 de mayo de 2026.
Ley de Garantías: ¿desde qué fecha se prohíben los contratos directos?
Aunque la Ley de Garantías comenzó a regir el 8 de noviembre de 2025, la restricción general a la contratación directa, que aplica a todas las entidades estatales, inicia el 31 de enero de 2026. Esta medida se mantendrá vigente hasta el 31 de mayo, o hasta el 21 de junio en caso de que se realice una segunda vuelta presidencial.
La norma también prohíbe la modificación de nóminas durante el periodo establecido, salvo en casos excepcionales como la provisión de cargos por faltas definitivas derivadas de muerte o renuncia irrevocable debidamente aceptada, así como en situaciones reguladas por las normas de carrera administrativa.
¿Qué entidades y funcionarios están sometidos a la Ley de Garantías durante el periodo preelectoral?
La Ley de Garantías (Ley 996 de 2005) aplica a todas las entidades estatales, incluidos los organismos de la rama ejecutiva, los órganos autónomos y las entidades territoriales, las cuales quedan sujetas a restricciones en contratación directa y vinculación de personal durante los cuatro meses previos a las elecciones.
No obstante, existen excepciones para las entidades sanitarias y hospitalarias, que pueden adelantar contrataciones y movimientos de nómina cuando se trate de la atención de emergencias, la reconstrucción tras desastres o situaciones de fuerza mayor.