Escándalo sobre el Clan del Golfo: De la Espriella ordena investigar el caso e interponer las denuncias correspondientes

El presidente electo le solicitó al Comité de empalme anticorrupción adelantar una seria de actuaciones frente a estas denuncias.
El presidente electo iniciará el empalme a finales de junio. Crédito: La FM

En la mañana de este domingo, el presidente electo, Abelardo De la Espriella, hizo referencia a la polémica relacionada con los audios en los que, presuntamente, el exalto comisionado para la Paz, Danilo Rueda, habría hecho una seri de pactos con el Clan del Golfo en medio de la fase de acercamientos para los diálogos de paz.

"Las recientes revelaciones periodísticas relacionadas con presuntos acercamientos, acuerdos o actuaciones coordinadas entre altos funcionarios del actual Gobierno y la organización narcoterrorista denominada Clan del Golfo constituyen hechos de la mayor gravedad institucional, los cuales exigen una respuesta jurídica inmediata, rigurosa y conforme al Estado de Derecho", dijo De la Espriella a través de un comunicado.

En consecuencia, el presidente electo le solicitó al Comité de empalme anticorrupción adelantar una serie de actuaciones frente a estas denuncias.

Las órdenes del presidente electo al Comité de empalme

A raíz de esta polémica, Abelardo De la Espriella ordenó "evaluar integralmente la información disponible y promover la presentación de las denuncias penales, disciplinarias y demás acciones que resulten procedentes ante las autoridades competentes".

Lo anterior, respecto a dichos audios revelados que salpicarían al entonces comisionado para la Paz.

Además, el electo presidente pidió "incluir dentro de dicho análisis las actuaciones atribuidas al señor Danilo Rueda Rodríguez, en su condición de exalto comisionado para la Paz, a partir de la información divulgada públicamente, con el propósito de determinar si existen fundamentos jurídicos suficientes para promover las acciones legales correspondientes".

Información de las investigaciones para Estados Unidos y otros organismos internacionales

Dentro de sus peticiones, De la Espriella también incluyó la de "remitir la información pertinente, a través de los canales institucionales y diplomáticos competentes, al Departamento de Justicia de Estados Unidos, para su conocimiento y evaluación, en aquellos asuntos que puedan involucrar conductas de interés dentro de su ámbito de competencia".

Finalmente, ordenó a su equipo de empalme "evaluar la procedencia de poner los hechos en conocimiento de los organismos internacionales competentes, cuando la naturaleza de las conductas investigadas pueda comprometer obligaciones internacionales del Estado colombiano o involucrar presuntas violaciones graves a los derechos humanos".

Claves del tema, en cuatro preguntas:

¿Cuál es el motivo central de la respuesta jurídica exigida por Abelardo De la Espriella?

La exigencia surge a raíz de revelaciones periodísticas sobre presuntos pactos y actuaciones coordinadas entre altos funcionarios del Gobierno y la organización narcoterrorista Clan del Golfo, basándose en unos audios que involucrarían al excomisionado para la Paz, Danilo Rueda.

¿Qué acciones específicas ordenó al Comité de empalme anticorrupción?

De la Espriella ordenó realizar una evaluación integral de la información disponible para promover la presentación de denuncias penales, disciplinarias y otras acciones legales ante las autoridades competentes. Además, pidió determinar si existen fundamentos jurídicos suficientes para proceder legalmente contra Danilo Rueda.

¿Qué organismo extranjero será informado sobre estas investigaciones y bajo qué condiciones?

Se enviará la información pertinente al Departamento de Justicia de Estados Unidos a través de canales institucionales y diplomáticos . Esto se hará específicamente en aquellos asuntos que involucren conductas que sean de interés dentro del ámbito de competencia de dicha entidad estadounidense.

¿En qué casos se contempla poner los hechos en conocimiento de organismos internacionales?

El equipo de empalme debe evaluar esta opción cuando la naturaleza de las conductas investigadas pueda comprometer las obligaciones internacionales del Estado colombiano o cuando se trate de presuntas violaciones graves a los derechos humanos.