Gobierno expidió decreto con medidas de orden público para elecciones de Congreso y Presidencia

El decreto establece medidas como la ley seca y el cierre de las fronteras terrestres y fluviales.
Referencia de elecciones en Colombia. Crédito: Colprensa

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0188 del 27 de febrero de 2026, mediante el cual se adoptan medidas especiales para la conservación del orden público con ocasión de las elecciones de Congreso de la República y de Presidencia y Vicepresidencia (primera vuelta), que se realizarán el 8 de marzo y el 31 de mayo, respectivamente.

La norma firmada por el presidente de la República y varios ministros del gabinete, establece disposiciones en materia de propaganda electoral, equilibrio informativo, garantías para los votantes y coordinación interinstitucional, con el objetivo de asegurar el normal desarrollo de las jornadas democráticas en todo el territorio nacional.

Prohibición de propaganda electoral el día del debate

Entre las principales medidas se encuentra la prohibición de toda clase de propaganda político-electoral el día de las elecciones, incluyendo manifestaciones, comunicados o entrevistas que constituyan promoción o apoyo a candidaturas a través de radio, prensa o televisión. Durante la jornada también estará prohibida la difusión de encuestas, sondeos o proyecciones electorales.

El decreto reitera que los medios de comunicación deberán garantizar el pluralismo, el equilibrio informativo y el respeto por la honra, el buen nombre y la intimidad de los candidatos y ciudadanos en general. Asimismo, advierte que las autoridades competentes ejercerán vigilancia sobre concesionarios de radio y televisión frente al cumplimiento de estas disposiciones.

Habrá ley seca y cierre de las fronteras

En materia de orden público, se establece la aplicación de la “ley seca”, que regirá desde las 6:00 p.m. del día anterior a cada elección hasta las 12:00 del mediodía del lunes siguiente. Igualmente, se ordenó el cierre de los pasos terrestres y fluviales fronterizos durante los mismos periodos, con el fin de prevenir posibles alteraciones.

La norma faculta a gobernadores y alcaldes para adoptar medidas adicionales como restricciones a la movilidad, limitaciones al tránsito de vehículos, regulación del transporte público o incluso la imposición de toques de queda, cuando los consejos de seguridad así lo recomienden.

También se regulan aspectos logísticos de la jornada electoral. El decreto establece restricciones al uso de celulares y cámaras dentro de los puestos de votación entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., salvo excepciones específicas.

Además, se ordena garantizar la prestación continua de servicios públicos esenciales, como la energía eléctrica, antes, durante y después de la votación.

En cuanto al transporte, las empresas deberán operar con al menos el 80 % de su parque automotor durante las horas de votación, con el fin de facilitar la movilización de los ciudadanos hacia los puestos de sufragio.

El decreto rige a partir de su publicación y, según el Gobierno, busca preservar el orden público, garantizar condiciones de transparencia y proteger el ejercicio del derecho al voto en las elecciones legislativas y presidenciales de 2026.