El Juzgado Cuarenta y Siete Penal Municipal de Medellín concedió una acción de tutela presentada por el ciudadano Santiago Alarcón Serna en contra del Distrito de Medellín y la Biblioteca Pública Piloto, por la cancelación del lanzamiento del libro "El M-19. De la guerra a la política", del profesor Jaime Rafael Nieto López, ocurrida el pasado 21 de abril.
Según el fallo, minutos antes de iniciar el evento, el alcalde Federico Gutiérrez publicó un mensaje en X en el que afirmó que la actividad tenía "un carácter evidentemente político" y que ninguna entidad pública podía albergarla, calificándola además como una forma de "apología al terrorismo" y citando la Ley de Garantías Electorales como sustento de su decisión. La Biblioteca acató la instrucción del mandatario, retiró el equipo de sonido y dispuso presencia policial en el lugar, pero los asistentes permanecieron y realizaron el lanzamiento del libro de forma pacífica, sin respaldo institucional.
El despacho judicial concluyó que sí existió un acto de censura, al considerar que las entidades accionadas no lograron probar que el evento tuviera un carácter proselitista o electoral, y que la decisión de cancelarlo fue intempestiva, pues la actividad ya contaba con autorización previa dentro de la agenda cultural de la ciudad, sin que hubiese surgido ningún hecho nuevo que justificara revertir esa autorización.
Los antecedentes de un proceso que ya había pasado por segunda instancia
Este no es el primer fallo sobre el caso. El 8 de mayo de 2026, el mismo juzgado ya había emitido una decisión concediendo parcialmente el amparo, la cual fue impugnada tanto por el Distrito como por la Biblioteca. Sin embargo, el Juzgado Veinticuatro Penal del Circuito de Medellín, que conoció la impugnación, decretó la nulidad de todo lo actuado desde el auto admisorio, al considerar necesario vincular al proceso al autor del libro, a la editorial Desde Abajo y a los dos panelistas que participaron en el evento, para garantizarles su derecho de defensa.
Una vez vinculadas estas partes, el Distrito de Medellín insistió en que la orden de cancelación no fue responsabilidad directa del alcalde, sino una decisión autónoma de la Biblioteca, mientras que esta última defendió que su actuación se ajustó a su reglamento interno y a la Ley de Garantías, al tratarse, según su interpretación, de un evento con clara carga ideológica y electoral.
El juzgado ordena una rectificación pública en un plazo de 48 horas
Como medida de reparación, el juzgado ordenó al Distrito de Medellín, a través del alcalde, y a la Biblioteca Piloto, a través de su director, emitir un comunicado oficial en un plazo de 48 horas hábiles, en el que se reconozca la afectación a los derechos fundamentales del accionante y de los demás vinculados al proceso, y se reafirme el compromiso institucional con la libertad de expresión y la prohibición de la censura. El fallo precisó que ese comunicado debe difundirse por el mismo canal utilizado para anunciar la cancelación original, es decir, la cuenta de X del alcalde.
El despacho no accedió, en cambio, a la solicitud de organizar un nuevo evento con apoyo institucional, al considerar que el lanzamiento del libro ya se había realizado, aunque en condiciones adversas y sin el respaldo previsto originalmente.
El accionante duda de que haya una rectificación voluntaria
Frente a la decisión judicial, Santiago Alarcón, una de las personas que busca que el alcalde Gutiérrez cumpla con lo ordenado en la tutela, expresó su escepticismo sobre el acatamiento del fallo:
"Frente a la prohibición de hablar sobre esto, yo no creo que se vaya a rectificar de forma voluntaria. Creo que otra vez nos veremos en el proceso de segunda instancia, ya no sé de qué manera buscarán dilatar el proceso. Nosotros, si no vemos una publicación en X del alcalde de acá al jueves, presentaremos el incidente de desacato nuevamente".
El fallo aclaró que la decisión puede ser impugnada dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, y que, de no ser recurrida, el expediente será remitido en revisión a la Corte Constitucional.
Preguntas y respuestas para entender la noticia
¿Por qué el juzgado concedió la tutela contra el alcalde y la Biblioteca Piloto?
Porque consideró que la cancelación del evento constituyó un acto de censura, al no existir prueba de que la actividad tuviera fines electorales o proselitistas, y al haberse decidido de forma intempestiva pese a que el evento ya estaba autorizado.
¿Qué debe hacer el alcalde para cumplir con el fallo?
Emitir, junto con el director de la Biblioteca Piloto, un comunicado oficial en un plazo de 48 horas hábiles, reconociendo la afectación a los derechos fundamentales del accionante y de los vinculados, y difundirlo por la misma cuenta de X usada para anunciar la cancelación.
¿Qué pasará si el alcalde no cumple con la rectificación?
Según Santiago Alarcón, uno de los interesados en el cumplimiento del fallo, si no se ve una publicación del alcalde en X antes del jueves, presentarán nuevamente un incidente de desacato ante el juzgado.