El debate sobre la regulación de las manifestaciones públicas en Colombia vuelve a tomar el centro de la agenda nacional. En entrevista concedida a La FM, el exministro del Interior Daniel Palacios analizó en detalle la propuesta del borrador de decreto promovido por el Gobierno Nacional, el cual busca ajustar las directrices y protocolos de actuación de la Fuerza Pública frente a situaciones de desorden o hechos violentos en el marco de la protesta social.
Durante la entrevista, se abordó la viabilidad jurídica de este ajuste normativo y se aclaró un punto clave: ¿puede el Gobierno reglamentar estos aspectos mediante un decreto directivo o requiere una ley estatutaria en el Congreso de la República?
Marco legal: la vigencia del Decreto 003 de 2021
Frente a las inquietudes expresadas por diversos sectores legislativos y de la oposición, Daniel Palacios enfatizó que el borrador propuesto no parte de cero, sino que actúa como una medida modificatoria de un marco reglamentario ya existente: el Decreto 003 de 2021. Cabe recordar que dicho decreto fue expedido bajo su propia gestión al frente del Ministerio del Interior en cumplimiento de un mandato dictado por el Tribunal Superior de Cundinamarca.
El exministro explicó que la norma fija protocolos procedimentales que involucran tanto a las alcaldías y gobernaciones como a la Fuerza Pública y a los propios manifestantes. Al tratarse de un procedimiento para coordinar las actuaciones en el territorio y no de una reformulación que limite el núcleo esencial del derecho fundamental a la movilización, la vía reglamentaria por decreto es legalmente procedente.
"Este es un decreto que modifica a un decreto, quiere decir que la facultad por parte del Gobierno existe (...). En primera medida, es absolutamente legal el decreto que el Gobierno está trabajando", sostuvo Daniel Palacios.
Intervención de la Fuerza Pública y el principio de diferenciación
Uno de los aspectos más cuestionados sobre el uso de la fuerza en las marchas es el choque eventual con las sentencias de la Corte Constitucional en torno al bloqueo de vías públicas y el nivel de escalamiento del diálogo antes de la intervención policial.
Al respecto, Palacios indicó que el borrador no busca prohibir las manifestaciones ni facultar la fuerza desmedida, sino aclarar y delimitar los procedimientos operativos de actuación. La iniciativa contempla una serie de etapas escalonadas (como el diálogo en los Puestos de Mando Unificado - PMU), pero precisa que ante la presencia inminente de explosivos, armas o la comisión de delitos flagrantes, la Policía Nacional tiene el deber constitucional de intervenir sin la necesidad de agotar fases previas de concertación.
Adicionalmente, se ratificó el valor fundamental del principio de diferenciación, el cual exige a las autoridades separar claramente a los ciudadanos que se movilizan de forma pacífica de aquellos individuos que incurren en actos delictivos o destructivos.
"No hay patente de corso": seguridad y convivencia en el país
En la recta final de su intervención, Palacios enfatizó que la actualización de las normas de convivencia e intervención busca evitar vacíos jurídicos en los operativos de seguridad urbana y rural. Asimismo, subrayó que los derechos garantizados por la Constitución no pueden convertirse en un escudo para respaldar bloqueos ilegales que afecten servicios esenciales o la atención médica a través de ambulancias.
"Lo que no se puede seguir percibiendo es que hay una patente de corso; quiere decir, so pretexto de la protesta social, entonces se puede delinquir (...) porque eso no lo dice la Constitución y tampoco lo dice la Corte Constitucional", puntualizó el exministro.
El borrador del decreto seguirá bajo análisis público mientras se evalúan las observaciones de la ciudadanía, defensores de derechos humanos y la Fuerza Pública para afinar su versión definitiva en el país.