Defensa de Miguel Quintero pidió a la Gobernación de Antioquia y al INPEC un cupo en la cárcel Yarumito, de Itagüí

La defensa aclara que no solicita ningún beneficio para su cliente, sino que se le apliquen los mismos criterios.
Miguel Quintero, a la cárcel_ estas son las razones del juez para revocarle la prisión domiciliaria Crédito: Foto captura de pantalla.

Miguel Andrés Quintero Calle, hermano del exalcalde de Medellín Daniel Quintero, permanece recluido en la cárcel de alta seguridad de Cómbita, Boyacá, a pesar de que su defensa había pedido que fuera ubicado en la Cárcel Departamental Yarumito, en Itagüí, Valle de Aburrá.

La defensa había solicitado su traslado a la cárcel de Yarumito

La solicitud consta en una carta del abogado Felipe Alzate Gómez, fechada el 30 de octubre, dirigida a la Dirección Regional Noroeste del INPEC y a la Secretaría de Seguridad y Justicia de la Gobernación de Antioquia. Ese mismo día, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Medellín, mediante el Auto Interlocutorio 152, revocó parcialmente la decisión que le permitía cumplir la medida de aseguramiento en su residencia y ordenó su reclusión en un establecimiento carcelario.

En la carta, el abogado pide de manera urgente que el INPEC disponga la ubicación inicial de su cliente en Yarumito y que la Gobernación tramite y autorice el cupo. Argumenta que, por ser hermano de quien fue alcalde de Medellín y por la exposición mediática del proceso, Quintero Calle enfrenta condiciones particulares de seguridad que generan vulnerabilidad y que deben valorarse para prevenir intimidaciones, amenazas o agresiones contra su vida e integridad.

La defensa también pidió que, si no era viable el cupo en Yarumito, fuera ubicado en un establecimiento con patio o pabellón especial para servidores públicos, por la naturaleza de las conductas investigadas, relacionadas con la administración pública.

Tutela contra el INPEC, el Ministerio de Justicia y la Presidencia

Quintero Calle terminó en Cómbita, a cientos de kilómetros de Medellín. Frente a eso, su defensa interpuso una acción de tutela contra el INPEC, el Ministerio de Justicia y la Presidencia de la República. En un comunicado, los abogados sostienen que el traslado lo separa de su familia, en especial de su hija menor de edad de 6 años, lo aleja de sus defensores y de las audiencias del proceso, y lo califican de instrumentalización política.

Aseguran también que el traslado se fundamentó en un supuesto riesgo de fuga, que, según ellos, fue descartado por todos los jueces que conocieron la solicitud de medida de aseguramiento de la Fiscalía.

La investigación por contratos del Área Metropolitana

Quintero Calle es investigado por presuntas irregularidades en contratos del Área Metropolitana del Valle de Aburrá con el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Itagüí, con un perjuicio estimado por la Fiscalía en cerca de 2.481 millones de pesos.

En la audiencia de apelación, el juez consideró que la detención domiciliaria no era suficiente frente al peligro para la comunidad y aclaró que su conclusión es provisional y que la medida no equivale a una condena anticipada.

Esta noticia en cinco preguntas

¿Dónde permanece recluido Miguel Andrés Quintero Calle y dónde había solicitado su defensa que fuera ubicado?

Miguel Andrés Quintero Calle permanece en la cárcel de alta seguridad de Cómbita, en Boyacá, pese a que su defensa había solicitado que fuera trasladado inicialmente a la Cárcel Departamental Yarumito, ubicada en Itagüí, Antioquia. La petición fue presentada mediante una carta del abogado Felipe Alzate Gómez, fechada el 30 de octubre y dirigida a la Dirección Regional Noroeste del INPEC y a la Secretaría de Seguridad y Justicia de la Gobernación de Antioquia.

¿Por qué la defensa pidió que fuera recluido en la cárcel de Yarumito?

El abogado argumentó que Quintero Calle enfrenta condiciones particulares de seguridad debido a su vínculo familiar con el exalcalde de Medellín Daniel Quintero y a la exposición mediática del proceso judicial. Según la defensa, estas circunstancias podrían generar riesgos de intimidaciones, amenazas o agresiones contra su vida e integridad. Por esa razón, solicitó que se gestionara un cupo en Yarumito y que, si esto no era posible, se considerara su ubicación en un establecimiento con patio o pabellón especial para servidores públicos.

¿Por qué Miguel Quintero terminó en la cárcel de Cómbita y qué acciones legales presentó su defensa?

El traslado se produjo después de que el Juzgado Primero Penal del Circuito de Medellín, mediante el Auto Interlocutorio 152 del 30 de octubre, revocara parcialmente la decisión que le permitía cumplir la medida de aseguramiento en su residencia y ordenara su reclusión en un establecimiento carcelario. Tras su llegada a Cómbita, la defensa interpuso una acción de tutela contra el INPEC, el Ministerio de Justicia y la Presidencia de la República. Los abogados consideran que el traslado afecta sus derechos de defensa, debido proceso y unidad familiar.

¿Qué cuestionamientos hace la defensa sobre el supuesto riesgo de fuga?

Los abogados sostienen que la decisión de trasladarlo se fundamentó en un supuesto riesgo de fuga que, según su interpretación, había sido descartado por los jueces que conocieron la solicitud de medida de aseguramiento presentada por la Fiscalía. También aseguran que mantenerlo en una cárcel ubicada a cientos de kilómetros de Medellín dificulta el contacto con sus defensores, la asistencia a las audiencias y la cercanía con su familia, especialmente con su hija de seis años. La defensa califica la medida como una instrumentalización política.

¿De qué es investigado Miguel Andrés Quintero Calle y cuál es el monto del presunto detrimento?

Quintero Calle es investigado por presuntas irregularidades en contratos celebrados entre el Área Metropolitana del Valle de Aburrá y el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Itagüí. Según la Fiscalía, el posible perjuicio económico sería de aproximadamente 2.481 millones de pesos. Durante la audiencia de apelación, el juez consideró que la detención domiciliaria no era suficiente frente al peligro para la comunidad. Sin embargo, precisó que esa valoración tiene carácter provisional y que la medida de aseguramiento no constituye una condena anticipada.