Gobierno De la Espriella derogó 11 circulares de Mintrabajo de Petro: ¿Qué cambia para los trabajadores de Colombia?

La Resolución 2708 establece límites al alcance de las circulares del Ministerio del Trabajo y reafirma las competencias previstas para las autoridades laborales.
La Resolución 2708 derogó 11 circulares laborales. Un experto explica su alcance y aclara qué ocurre con los derechos de trabajadores y empleadores. Crédito: AFP

La Resolución 2708 del Ministerio del Trabajo derogó 11 circulares expedidas durante el gobierno anterior que contenían lineamientos sobre la aplicación e interpretación de distintas normas laborales. La medida ha generado dudas sobre el alcance de esas derogatorias y sobre los efectos que podrían tener para trabajadores y empleadores.

Sin embargo, para Diego Felipe Valdivieso, profesor e investigador del Observatorio Laboral de la Pontificia Universidad Javeriana, la decisión no significa que se hayan eliminado los derechos mencionados en esas circulares. Según explicó, el propósito de la resolución es corregir el uso de instrumentos administrativos que, en algunos casos, habrían excedido las competencias del Ministerio del Trabajo.

Las circulares podían influir en las decisiones de los inspectores laborales

Valdivieso explicó que las circulares tenían como propósito orientar la actuación de los funcionarios del Ministerio del Trabajo encargados de las labores de inspección y vigilancia. Aunque trabajadores y empleadores podían considerar que esos documentos no eran directamente vinculantes para ellos, sí podían tener efectos sobre los inspectores laborales.

Un inspector de trabajo podía haberse (...) a seguir un criterio de observancia en su ejercicio administrativo que incluso podría estar en tensión o alejado al contenido propio de la ley”, señaló.

El experto advirtió que esa situación podía terminar afectando a las empresas mediante actuaciones administrativas o sanciones sustentadas en criterios contenidos en las circulares.

Al amparo de esas circulares, los inspectores del Ministerio del Trabajo podían terminar profiriendo sanciones hacia las empresas, por ejemplo, amparados en criterios que se apartaban de la ley”, afirmó.

Por ello, consideró que las circulares no eran documentos inocuos y que su derogatoria tiene relevancia desde el punto de vista de la seguridad jurídica. La resolución, según su interpretación, no elimina derechos laborales, sino que retira instrumentos administrativos que podían generar interpretaciones diferentes de las establecidas por la legislación.

No se pierden derechos, pero la percepción de las personas de alguna manera puede caer en ese error precisamente como consecuencia del equívoco, del uso del instrumento que no corresponde”, sostuvo.

Valdivieso también destacó que la resolución recuerda la distribución de competencias entre las distintas ramas y autoridades del Estado. La ley corresponde al legislador, mientras que las controversias sobre su interpretación corresponden a los jueces. En cuanto a las circulares del Ministerio del Trabajo, su alcance estaría limitado a impartir instrucciones administrativas a los funcionarios de esa entidad.

Las circulares y actuaciones administrativas del Ministerio del Trabajo no reglamentan”, enfatizó el profesor, quien agregó que la reglamentación de las leyes corresponde a otros instrumentos, como los decretos reglamentarios, dentro de las facultades que establece el ordenamiento jurídico.

Reforma laboral, jornada y negociación colectiva, entre los temas afectados

Entre las circulares derogadas, Valdivieso identificó tres grupos de asuntos particularmente relevantes. El primero corresponde a los criterios orientadores relacionados con la reforma laboral y las modalidades contractuales.

De acuerdo con el investigador, algunos de esos criterios incluían interpretaciones o condicionamientos que no habían sido aprobados por el Congreso de la República durante el trámite de la reforma laboral.

Varios de ellos contenían (...) la expresión de algunos aspectos que no habían sido aprobados por el Congreso de la República en el trámite de la reforma laboral”, explicó.

El segundo asunto está relacionado con la reducción de la jornada laboral. Valdivieso recordó que la norma que estableció esa reducción había sido expedida durante el gobierno de Iván Duque, aunque su implementación tuvo efectos durante la administración posterior. Según explicó, una de las circulares derogadas buscaba establecer determinadas condiciones e interpretaciones sobre una ley que había sido aprobada previamente.

El tercer grupo corresponde a los derechos sindicales y la negociación colectiva, particularmente al modelo de negociación colectiva multinivel que había sido promovido por el gobierno anterior.

Según Valdivieso, ese modelo planteaba una forma de negociación diferente de la contemplada en el Código Sustantivo del Trabajo y también había intentado incorporarse durante la discusión de la reforma laboral, pero no fue aprobado por el Congreso.

El investigador sostuvo que algunas de las disposiciones posteriores buscaron recuperar, mediante instrumentos administrativos, aspectos que no habían prosperado durante el debate legislativo.

Se había tratado de generar vía el decreto que menciono y estas circulares eco a algunas de esas pérdidas, si se quiere decir, del debate legislativo en ese punto particular en cuanto que no había sido aprobado por el Congreso de la República”, manifestó.

En ese contexto, Valdivieso ubicó la discusión sobre la Resolución 2708 principalmente en el terreno de la seguridad jurídica. A su juicio, más allá de las intenciones políticas que pudieron acompañar las normas anteriores, el problema surge cuando un instrumento administrativo puede terminar otorgando a una disposición un alcance que no corresponde a su naturaleza.

Es un problema de seguridad jurídica que atenta, desde luego, a la estabilidad que requieren los propios trabajadores y los propios empleadores para poderse desempeñar en un terreno que les dé tranquilidad”, concluyó.

Así, la derogatoria de las 11 circulares no supone la desaparición de los derechos laborales contemplados en la ley. El principal efecto de la Resolución 2708, según el análisis del profesor de la Javeriana, está relacionado con los límites de la potestad administrativa del Ministerio del Trabajo y con la necesidad de que los cambios sustanciales en materia laboral sean definidos mediante los mecanismos jurídicos correspondientes.

Bloque de preguntas y respuestas

  • ¿Qué derogó la Resolución 2708 del Ministerio del Trabajo?

    La Resolución 2708 derogó 11 circulares expedidas durante el gobierno anterior que establecían lineamientos sobre la aplicación e interpretación de normas laborales.
  • ¿La Resolución 2708 eliminó derechos laborales?

    No. La derogatoria de las circulares no elimina los derechos laborales establecidos en el Código Sustantivo del Trabajo y la ley. La resolución cuestiona el uso de estos instrumentos administrativos para establecer interpretaciones.
  • ¿Cómo afectaban las circulares del Ministerio del Trabajo a las empresas?

    Las circulares orientaban la actuación de los inspectores laborales. Según el análisis del profesor Diego Felipe Valdivieso, podían influir en procesos de inspección, vigilancia y posibles sanciones a empresas.
  • ¿Qué temas laborales estaban incluidos en las circulares derogadas?

    Entre los asuntos abordados estaban la reforma laboral, las modalidades contractuales, la reducción de la jornada laboral, el derecho sindical y la negociación colectiva.
  • ¿Qué importancia tiene la Resolución 2708 para trabajadores y empleadores?

    La resolución establece límites al alcance de las circulares del Ministerio del Trabajo y reafirma que los cambios y reglamentaciones laborales deben ajustarse a las competencias establecidas por la ley y la Constitución.