El abogado Raymundo Marenco solicitó revisión de los resultados de las votaciones en la consulta interna del Pacto Histórico, por presuntas irregularidades en al menos 26 mesas de votación el pasado 26 de octubre.
Lo que indicó el abogado es que, "hubo votaciones que se produjeron hasta las 9 de la noche y eso tuvo como consecuencia una irregularidad sustancial. Eso permitió que en las mesas se registraran hasta 800 votos, y eso no es normal, porque estaríamos hablando que las personas votaron cada 30 segundos ininterrumpidamente durante toda la jornada y eso no es normal", puntualizó.
Según el abogado, las irregularidades se habrían presentado en las mesas ubicadas en los municipios de Puerto Colombia, Galapa, Ponedera y Sabanalarga.
Marenco aseguró que en los formularios E-14 también se hallaron algunas irregularidades como por ejemplo tachones. "Hay tachones, hay borrones, hay una mala gestión en cuanto a llenar los formularios E-14 con base en los formularios E-11. También pudimos evidenciar que no hay una correcta contabilización de votos, porque se suman votos que han sido quemados, es decir, una serie de anomalías y de irregularidades que produjo la particularidad de dar la orden de no cerrar las votaciones a las 4 de la tarde", aseveró el abogado.
Pero, ¿por qué se mantuvieron abiertas las urnas para que los atlanticenses siguieran votando? El abogado Raymundo Marenco explica que, "por una mala instrucción que dio el registrador nacional", al ordenar que las urnas no se cerraran.
"Aquí podríamos entender que todo sucedió por una instrucción verbal que impartió el señor registrador. Él asumió la potestad de modificar la ley que solamente le corresponde al Congreso". Dijo.
Raymundo Marenco puntualizó que el registrador se tomó atribuciones que sólo le corresponden al congreso y al presidente de la República. "El registrador nacional autorizó, modificó la ley, la reglamentó y por supuesto manejó el orden público, es descabellado pensarlo, pero fue lo que sucedió y si eso conllevó a unas inconsistencias electorales".
Añadió, "también se podría interpretar que reglamentó la ley, que es una facultad que le corresponde al presidente de la República por expresa disposición constitucional, pero adicionalmente se podría interpretar que también, cuando él advierte que hay mucha congestión en las mesas de votación, hubo un problema de orden público a nivel nacional, y el orden público solamente lo regula el presidente de la República por expresa disposición del numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política".