Partido Comunes, que surgió de las ex-Farc, desaparecerá: CNE declaró la pérdida de la personería jurídica

La colectividad perdió su personería jurídica tras no alcanzar el umbral electoral en las elecciones.
Bandera partido Comunes Crédito: Colprensa

El Consejo Nacional Electoral (CNE) declaró la pérdida de la personería jurídica del partido Comunes, que surgió de la desmovilización de la guerrilla de las Farc, al concluir que la colectividad no acreditó los requisitos constitucionales exigidos para conservar esa condición después de las elecciones al Congreso de la República del 8 de marzo de 2026.

La determinación quedó consignada en la Resolución de Sala Plena No. 4006 del 23 de septiembre de 2026, mediante la cual la autoridad electoral examinó la situación de Comunes a la luz del artículo 108 de la Constitución Política.

De acuerdo con el CNE, el artículo 108 establece como regla general que los partidos y movimientos políticos deben obtener al menos el 3% de los votos válidos emitidos en el territorio nacional para Senado o Cámara, según corresponda, para conservar su personería jurídica. Para el caso de Senado, la votación válida nacional fue de 19.478.739 votos y el umbral correspondió a 584.362,17 votos, que Comunes no alcanzó.

Sin embargo, la resolución estableció que Comunes, que participó en las elecciones de 2026 como integrante de la coalición Fuerza Ciudadana, obtuvo 391.541 votos, equivalentes a una cifra inferior al umbral constitucional.

El CNE también analizó las condiciones especiales que habían cobijado al partido desde su creación como consecuencia del Acuerdo Final de Paz y en la resolución se recordó que el acto legislativo 03 de 2017 estableció garantías excepcionales para facilitar la transición de las FARC-EP hacia la participación política legal y democrática, entre ellas excepciones temporales relacionadas con la participación electoral y el umbral.

Según la decisión, esas condiciones especiales tuvieron un límite temporal. “Las excepciones terminaron el 19 de julio de 2026 y, desde el día siguiente, se aplica el régimen general”, señala el documento. Por esa razón, para las elecciones de marzo de 2026, el CNE consideró que Comunes debía acreditar las condiciones generales exigidas a todas las colectividades, tras haber culminado el periodo transitorio.

La autoridad electoral también examinó si podían aplicarse excepciones derivadas de la jurisprudencia constitucional frente a eventuales situaciones de violencia o afectaciones contra la colectividad. Para ello, estableció que debía demostrarse, entre otros factores, una afectación extraordinariamente grave, violencia dirigida contra la organización, un patrón suficientemente intenso y sistemático, una restricción real para competir en igualdad de condiciones y un vínculo directo entre esa situación y la imposibilidad de alcanzar el resultado electoral.

Sin embargo, el CNE encontró que “la simple existencia de amenazas, aunque sean graves y deban investigarse no reemplaza ninguno de esos pasos”.

Finalmente, la Sala Plena concluyó que Comunes no acreditó los presupuestos constitucionales para conservar su personería jurídica. En consecuencia, resolvió: “DECLARAR que el partido COMUNES no logró acreditar los presupuestos constitucionales previstos en el artículo 108 de la Constitución Política (…) y, en consecuencia, pierde la personería jurídica”.

La desaparición del Partido Comunes se da en medio de la polémica que se ha generado en torno al funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y cuando se cumplen 10 años de la firma del acuerdo de paz con las Farc.