Aunque el Congreso de la República había aprobado en la madrugada de este 20 de octubre el Presupuesto General de la Nación, el proyecto al parecer se hundió por un vicio de trámite que se habría presentado.
Fuentes confirmaron que los textos aprobados en plenarias de Senado y Cámara al parecer no serían los mismos y debía adelantarse la conciliación, trámite que nunca surtió.
El artículo de la discordia es el número 65, que hablaba sobre la estabilización del precio de los combustibles. En el Senado fue retirada una proposición que había sido planteada por el senador Juan Caicedo, pero en la Cámara la proposición sí fue incluida a la hora de la votación.
De hecho, fuentes confirman que dicha proposición sí tenía el aval del ministro de Hacienda, Miguel Gómez Martínez y por eso fue votada positivamente en la plenaria de la Cámara de Representantes.
Este error, viciaría el trámite del presupuesto, ya que al tener dos textos distintos se tenía que conformar una comisión de conciliación para estudiar las diferencias y acoger un solo texto antes de las 12 de la noche de este martes 20 de octubre, que es la fecha máxima que tenía el Congreso para aprobar el presupuesto y eso no ocurrió.
La Ley 5a establece que no se puede dar por concluido un debate en el Congreso, hasta que surta todo su trámite, incluyendo la conciliación, que es la etapa que debe cumplirse cuando los textos aprobados en ambas cámaras es distinto.
Lo cierto es que éste será un tema que deberá resolverse entre el Gobierno y el Congreso de la República, una vez los secretarios de Senado y Cámara certifiquen cómo quedó la aprobación del articulado.
¿Qué viene ahora?
Si se confirma el error que se cometió durante la votación, legalmente el Presupuesto General de la Nación no habría terminado su trámite antes del 20 de octubre, que es la fecha estipulada en la Constitución y por lo tanto el Gobierno tendría la facultad para expedirlo por decreto.
El texto que tendría que acogerse vía decreto es el que se aprobó en primer debate en las Comisiones Económicas del Congreso de la República.
¿Se cae el presupuesto o se cae solo el artículo?
Algunos señalan que este vicio de trámite que se cometió en el Congreso tumba todo el proyecto, por la explicación dada anteriormente. Sin embargo, algunos sectores podrían tener la tesis de que solo se caería el artículo 65, que fue el que quedó diferente a la hora de la votación en el Senado y la Cámara de Representantes.
Ya habría antecedentes en los que la Corte Constitucional ha dicho que en este tipo de casos no se cae la totalidad del presupuesto, sino aquello que no alcanzó a cumplir su etapa de conciliación, bajo el argumento de que “las leyes orgánicas y la Constitución blindan la continuidad del Presupuesto General de la Nación para evitar una parálisis del Estado, sacrificando únicamente las disposiciones individuales que no alcancen la perfecta concordancia textual en los tiempos legales”.
Lo cierto es que esto será un trámite que deberá resolverse entre el Gobierno y el Congreso de la República, una vez los secretarios de Senado y Cámara certifiquen cómo quedó la aprobación del articulado.