En primera instancia, condenan al senador electo Wilmer Carrillo por irregularidades en contratación

La Corte Suprema emitió la sentencia SP071-2026, donde confirmó la medida en primera instancia.
Wilmer Carrillo, congresista de Norte de Santander. Crédito: Colprensa | Redes sociales Wilmer Carrillo

La Corte Suprema de Justicia dio a conocer la condena -en primera instancia- contra el electo senador Wilmer Carrillo Mendoza, por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales e irregularidades en contratos de obra pública.

Al actual representante a la Cámara se le impusieron ocho años de prisión por actividades que ejecutó mientras fue secretario de Infraestructura de la Gobernación de Norte de Santander, en el período 2011.

Según la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, la imputación penal asciende a 90 meses más 4 días de prisión.

Sumado a una multa cercana a los 199 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para la época de los hechos e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 104 meses más 9 días.

Hechos que relacionan al congresista

Además, se estableció que se logró la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria. Sumado a que fue absuelto del delito de peculado por apropiación agravado en concurso.

El comunicado de la Corte Suprema de Justicia precisa que los hechos están relacionados con el Convenio de Asociación 0017 de 24 de junio de 2011, por un valor de $1.456.416.134.

Su objeto fue la ejecución de obras para la reconstrucción del acceso y protección de la estructura del puente José Antonio Galán sobre el río Zulia en la vía Agua Clara–Puente León–Puerto Santander. Este puente comunica a ese municipio con la ciudad de Cúcuta.

Se cuestionó que los diseños y estudios técnicos fueron realizados por la firma que luego resultó favorecida como contratista. Esto generó un conflicto de intereses, situación que no fue advertida en la ejecución de las obras conforme a la Ley 80 de 1993.

Además, se cuestionó que la interventoría era una entidad sin la capacidad técnica requerida para realizar la obra.

Se conoció también que los recursos provenían del Fondo Nacional de Calamidades - Subcuenta Colombia Humanitaria, ahora Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

Irregularidades en las que habría incurrido Carrillo

“Estuvo siempre en capacidad de comprender la ilicitud del proceso contractual que se adelantaba sin el cumplimiento de los requisitos legales, a tal punto que la legalidad que pretendía favorecer con la firma del contrato se sustentó en vicios y se buscó evadir el principio de transparencia mediante el actuar típico, antijurídico y culpable que se configura con el cúmulo de irregularidades que presentaba la contratación”, precisa la Sala a través de un comunicado.

Añade que, "no obstante ese conocimiento, en lugar de ajustarse al comportamiento derecho, deliberadamente optó por consumar una conducta en abierta contradicción con la normatividad vigente".

Carrillo Mendoza, como secretario de Infraestructura de Norte de Santander, habría incurrido en irregulares como:

Los diseños y estudios técnicos fueron realizados por la firma que luego resultó favorecida como contratista.

La obra se contrató a través de un convenio de asociación, cuando esta modalidad no es permitida para la ejecución de obras conforme a la Ley 80 de 1993.

La firma contratista era una entidad sin la capacidad técnica requerida para realizar la obra, por lo que, para ejecutar la reconstrucción del puente de Puerto León, debió subcontratar la realización del trabajo con la firma de Ingeniería Hidroconsulta.

En el contrato se incluyó el valor de $338.172.951 por concepto de administración, imprevistos y utilidad (AIU), que no está permitido en los convenios de asociación.

Hasta el momento no se ha conocido una reacción del congresista del departamento, que fue elegido el pasado 8 de marzo como senador de la república.

Claves del tema, en cuatro preguntas:

¿Cuál fue el fallo de la Corte Suprema de Justicia contra Wilmer Carrillo Mendoza? 

La Corte Suprema de Justicia impuso una condena de ocho años de prisión al senador electo Wilmer Carrillo Mendoza por irregularidades en contratos de obra pública. El congresista fue hallado culpable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales durante su gestión como secretario de Infraestructura de Norte de Santander, en 2011.

¿Qué delitos cometió Wilmer Carrillo, según la Corte Suprema de Justicia? 

Wilmer Carrillo Mendoza enfrentó cargos por celebrar convenios de asociación de forma indebida y permitir que la firma diseñadora resultara beneficiada con la adjudicación de la obra. La sentencia de la Sala Especial de Primera Instancia detalla que el funcionario evadió el principio de transparencia en la reconstrucción de un puente clave que conecta a Cúcuta con Puerto Santander.

¿Cuál es la pena para Wilmer Carrillo Mendoza tras el fallo de la Corte?

La condena contra Wilmer Carrillo asciende a 90 meses y 4 días de prisión, sumado al pago de una multa superior a los 199 salarios mínimos y una inhabilidad para ejercer cargos públicos por más de 100 meses. Pese a la gravedad de los hechos relacionados con el manejo de recursos del Fondo Nacional de Calamidades, la justicia le otorgó el beneficio de prisión domiciliaria.

¿Por qué fue sancionado el contrato del puente sobre el río Zulia?

El contrato de Wilmer Carrillo para el puente José Antonio Galán presentó fallas graves como la falta de capacidad técnica del contratista y la inclusión ilegal de costos de administración e imprevistos (AIU). Según la investigación, el congresista utilizó un convenio de asociación para evadir los requisitos de la Ley 80, subcontratando las obras que debían ejecutarse directamente bajo normativas de transparencia.