La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) aclaró el alcance de la Resolución 0107427 de 2026, expedida el pasado 28 de mayo, mediante la cual se establecen lineamientos relacionados con el giro directo de los recursos correspondientes a los presupuestos máximos, destinados a financiar servicios, medicamentos y tecnologías en salud que no están cubiertos por la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
El director de la entidad Felix León Martínez explicó que la medida busca garantizar la continuidad en la atención de pacientes con enfermedades de alto costo y enfermedades huérfanas, así como mejorar el flujo de recursos hacia las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y los proveedores del sector.
“La ADRES recordó que los presupuestos máximos corresponden a recursos girados a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) para cubrir prestaciones no financiadas con la UPC y que, al igual que ocurre con esta última, dichos recursos son entregados de manera anticipada, sin que las EPS deban presentar soportes previos sobre su utilización”, sostuvo.
Auditorías posteriores y no controles previos
La entidad precisó que desde 2025 la normatividad vigente le otorgó facultades para realizar auditorías posteriores sobre la destinación de estos recursos, los cuales son reportados por las EPS para financiar servicios prestados por clínicas, hospitales y demás actores del sistema de salud.
En este sentido, aclaró que la información solicitada recientemente a las EPS en el marco del giro directo, no constituye una auditoría o control previo, sino un mecanismo de preparación para las revisiones posteriores que contempla la ley.
Según la ADRES, la exigencia de algunos datos detallados no tenía carácter obligatorio y, en ciertos casos, generó dificultades administrativas que retrasaron el desembolso de recursos autorizados por el Ministerio de Salud.
“La flexibilización en la entrega de la información detallada busca evitar demoras en la transferencia de recursos y garantizar la atención de los pacientes, especialmente aquellos que requieren tratamientos de alto costo o padecen enfermedades huérfanas”, indicó
Seguimiento al uso de los recursos
La ADRES enfatizó que, aunque se facilitará el proceso de giro, las EPS deberán presentar posteriormente información detallada sobre los pacientes atendidos, los medicamentos entregados y los servicios prestados.
Esta verificación se realizará a través del Módulo de Integración de la Prescripción Electrónica (MIPRES), herramienta regulada por el Ministerio de Salud y Protección Social que permite hacer seguimiento a las tecnologías y servicios financiados con recursos públicos.
La entidad señaló que estas auditorías posteriores buscan garantizar la correcta destinación de los recursos y fortalecer los mecanismos de transparencia y control dentro del sistema de salud.
Consecuencias por uso inadecuado de los recursos
La ADRES advirtió que las EPS que no puedan justificar adecuadamente el uso de los recursos asignados para presupuestos máximos, podrían enfrentar consecuencias financieras.
Entre las medidas contempladas se encuentra la reducción de los recursos asignados para la siguiente vigencia fiscal, en caso de que las auditorías determinen inconsistencias o usos injustificados de los fondos.
Con estas aclaraciones, la entidad busca despejar dudas sobre la aplicación de la Resolución 0107427 de 2026 y reiteró que el objetivo principal de la medida es asegurar la atención oportuna de los pacientes, fortalecer el flujo de recursos hacia los prestadores de servicios y garantizar una adecuada supervisión del uso de los recursos públicos destinados a la salud.
Claves del tema en cuatro preguntas
¿Qué son los presupuestos máximos y para qué se utilizan dentro del sistema de salud?
Los presupuestos máximos son recursos destinados a financiar servicios, medicamentos y tecnologías en salud que no están cubiertos por la Unidad de Pago por Capitación (UPC). Estos recursos permiten atender tratamientos de alto costo y necesidades especiales de los pacientes.
¿Por qué la ADRES flexibilizó la entrega de información relacionada con el giro directo de estos recursos?
La entidad explicó que algunos requisitos de información estaban generando retrasos administrativos en ciertas EPS, lo que podía afectar la transferencia de recursos y la atención de los pacientes. La flexibilización busca agilizar los pagos a IPS y proveedores de servicios de salud.
¿La información solicitada por la ADRES constituye una auditoría previa al giro de los recursos?
No. La ADRES aclaró que la información requerida no corresponde a un control o auditoría previa, sino a un proceso de preparación para las auditorías posteriores que la entidad está facultada para realizar desde 2025.
¿Qué puede ocurrir si una auditoría posterior encuentra un uso injustificado de los recursos de presupuestos máximos?
Si la auditoría evidencia un uso injustificado de los recursos, la EPS podría enfrentar una reducción del presupuesto asignado para cubrir presupuestos máximos en la vigencia siguiente, además de otras acciones de control que correspondan.