La Corte Suprema le da dos meses a Nueva EPS para diseñar un plan de cumplimiento de tutelas

El Gobierno, que mantiene intervenida a la EPS más grande del país, debe presentar el proyecto a todos los jueces ante quienes cursen incidentes de desacato.
Nueva EPS, hoy al mando del interventor Jorge Iván Ospina, tiene sesenta días para diseñar un plan para cumplir la avalancha de tutelas y desacatos en su contra, en medio de la crisis de la entidad de salud más grande del país. Crédito: Colprensa - Cristian Bayona

Salomé Henao González fue gerente regional en Medellín de Nueva EPS, la entidad de salud más grande de Colombia, que el gobierno de Gustavo Petro mantiene intervenida desde abril de 2024. Estuvo en el cargo entre junio y septiembre de 2025, unos cuatro meses, y se encargó de contestar tutelas e incidentes de desacato.

El problema es que, aunque Henao tenía facultades de representación legal en los procesos judiciales, no tenía mando, disposición de recursos o manejo presupuestal para materializar las órdenes que los jueces impartían en materia de salud. La exgerente terminó encartada con 1.450 procesos en su contra.

Por si fuera poco, 481 despachos profirieron 1.997 sanciones de desacato contra la exdirectiva. En total, debía pasar 3.853 días de arresto y pagar 9,13 mil millones de pesos en multas. Así que promovió una acción de tutela, alegando incapacidad para cumplir los fallos de tutela por la crisis financiera y operativa de Nueva EPS.

Henao ya no trabaja en Nueva EPS, pero, como la prestadora permanece en un trance que la intervención forzosa del Gobierno —que además es accionista mayoritario— no supera, las tutelas siguen llegando, así como las sanciones. La exgerente ahora no tiene forma de defenderse. La Corte Suprema de Justicia analizó el caso.

La Corte ordenó un plan para enfrentar la avalancha de tutelas contra Nueva EPS

La Sala de Casación Penal se pronunció, no solo sobre Henao, sino sobre “la imposibilidad física y material de cumplir con un número masivo de órdenes” de tutela encaminadas a tratamientos, entregas de medicamentos y asignación de citas. En nueva EPS existe “una falla estructural”, dice un fallo de 38 páginas.

El magistrado Diego Corredor fue el ponente de la sentencia, que acompañaron por unanimidad la magistrada Myriam Ávila y el expresidente de la Corte Gerson Chaverra. Las sanciones por desacato “no son el producto de incumplimientos atribuibles a su gestión en particular, sino la expresión acumulada de una crisis institucional”.

Nueva EPS atiende a más de once millones de afiliados. En abril de 2026, la administración de Petro designó a Jorge Iván Ospina como agente interventor de la entidad. La Procuraduría investiga presuntas irregularidades en el nombramiento, porque la Superintendencia de Salud advirtió que no cumple los requisitos.

Ahora la entidad, la superintendencia —al mando de Daniel Quintero— y el Ministerio de Salud —con Guillermo Alfonso Jaramillo a la cabeza— tienen sesenta días para diseñar “un plan de acción institucional” que incluya “medidas concretas” para superar “gradualmente” el incumplimiento de las órdenes de tutela dictadas contra Nueva EPS.

El fallo elimina sanciones, da órdenes al Gobierno y fija un precedente clave

El Gobierno, que está concentrado en la transición —por lo que, de cierta forma, la sentencia de la Corte le corresponderá al Ejecutivo de Abelardo de la Espriella—, presentará el proyecto a todos los jueces de primera instancia ante quienes cursen incidentes de desacato, priorizando a “pacientes en grave e inminente riesgo”.

Salomé Henao no tiene ninguna sanción: la Corte Suprema levantó todas las multas, los arrestos y los cobros persuasivos y coactivos. El fallo se convierte así en un antecedente clave para los directivos de Nueva EPS con puestos regionales sin posibilidades de hacer realidad las determinaciones sobre el derecho a la salud.

Y también implica la necesidad de un rumbo claro por parte de quienes administran la prestadora. El 9 de julio, una juez de Caldas ratificó sanciones contra el gerente interino regional Centro Occidente, Luis Velandia, y contra el interventor Ospina, por desacatar la orden de garantizar el tratamiento integral de un menor con hidrocefalia.

“Se hace necesario un complemento dirigido a ejecutar los fallos en cabeza de quien pueda hacerlo, para no perpetuar la situación de desamparo de los usuarios de Nueva EPS cuyas órdenes de tutela continúan sin satisfacerse”, sostuvo la Corte Suprema, que calificó a los miles de desacatos contra Henao y otros exempleados como “un castigo imposible de soportar”.

Claves del tema, en cuatro preguntas:

¿Qué ordenó la Corte Suprema frente a la crisis de Nueva EPS?

La Corte Suprema les dio sesenta días a Nueva EPS, la Superintendencia de Salud y el Ministerio de Salud para diseñar un plan de acción institucional que permita atender gradualmente las órdenes de tutela incumplidas, y presentarlo a los jueces que tramitan incidentes de desacato.

¿Por qué intervino la Corte Suprema en el caso?

El alto tribunal estudió la tutela de la exgerente regional Salomé Henao González, quien acumuló casi dos mil sanciones por desacato pese a no tener control sobre los recursos ni capacidad para ejecutar las órdenes judiciales. La Corte concluyó que existe una falla estructural en Nueva EPS y que las sanciones no obedecían a decisiones atribuibles a su gestión.

¿Qué efectos tiene el fallo para los directivos de Nueva EPS?

La sentencia levantó todas las multas, arrestos y procesos de cobro contra Salomé Henao y fijó un precedente para otros directivos regionales que enfrentan sanciones sin contar con facultades para cumplir las decisiones judiciales relacionadas con la atención en salud.

¿Qué deberá contener el plan que ordenó la Corte Suprema?

El proyecto deberá incluir medidas concretas para superar el incumplimiento masivo de tutelas, priorizar a los pacientes en grave e inminente riesgo y definir cómo se ejecutarán efectivamente los fallos, con el fin de evitar que los usuarios de Nueva EPS sigan desprotegidos frente a órdenes judiciales pendientes.