Crisis de agua en La Guajira: jalón de orejas de la Corte Constitucional que exige respuestas a “la sed del pueblo wayúu”

El alto tribunal señaló que sus fallos no son "recomendaciones" sino órdenes y advirtió que “el carrotanque no puede seguir siendo la respuesta permanente del Estado"
Crisis por el suministro de agua potable persiste en el departamento de La Guajira. Crédito: AFP | Colprensa

La Corte Constitucional lanzó una dura advertencia sobre la crisis humanitaria en agua potable que sigue golpeando al departamento de La Guajira, especialmente a población vulnerable de las comunidades wayúu.

Durante una sesión técnica realizada en Riohacha por el alto tribunal, el magistrado Carlos Camargo Assis cuestionó que, después de nueve años, el suministro de agua mediante carrotanques continúe siendo la respuesta recurrente frente a las necesidades de la población.

Camargo Assis afirmó que estos vehículos no pueden ser la solución permanente a esta problemática histórica en esta región del país.

“La Corte no aceptará que el carrotanque siga siendo, nueve años después, la respuesta permanente del Estado a la sed del pueblo wayúu", indicó en dicha audiencia el magistrado Camargo.

El togado añadió que "la sala espera un plan unificado y un cronograma con fechas ciertas para adoptarlos, y en consecuencia, nosotros vigilarlos estrictamente”.

La audiencia pública se realizó con el objetivo de verificar los obstáculos y responsabilidades institucionales en el cumplimiento de las órdenes impartidas para superar el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI), declarado ante las vulneraciones de los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes wayuu.

Nueve años después, “el Estado sigue sin un plan unificado”

El magistrado Camargo cuestionó la falta de un Plan Estructural de Acción definitivo que permita articular las intervenciones de las entidades nacionales y territoriales responsables de atender la crisis.

Aseguró que el Decreto 0147 de 2024 definió este instrumento como la hoja de ruta para coordinar acciones, metas, indicadores y responsabilidades.

“Nueve años después, el Estado no tiene un plan. A las autoridades obligadas, les hago una advertencia directa: las órdenes de la Corte Constitucional no son recomendaciones, son el mínimo constitucional para que las niñas, niños y adolescentes wayúu vivan con dignidad”, indicó.

Explicó que la ausencia de una estrategia unificada dificulta establecer quién responde por cada compromiso, cuáles son los recursos disponibles y cómo se medirá si las medidas adoptadas realmente están mejorando las condiciones de vida de las comunidades.

“Mientras no exista un plan único con responsables definidos, con recursos identificados y metas medidas en goce efectivo de derechos, cada entidad seguirá respondiendo por sus actividades y ninguna responderá por los resultados”, advirtió.

Persisten causas estructurales que originaron la intervención de la Corte

Adicionalmente, advirtió que el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas (MESEPP) presentó formalmente el Plan Estructural de Acción el 29 de julio de 2026 el documento aún no se ha materializado de manera definitiva. En esa providencia, la Sala expresó su “profunda preocupación” por la situación.

También indicó que la ley faculta a la corte para el cumplimiento de sus fallos, mientras que el artículo 52 contempla sanciones por desacato, entre ellas “arresto hasta por seis meses y multa de hasta 20 salarios mínimos mensuales, sin perjuicio de las acciones penal".

Advirtió que "esta Sala no dudará en abrir incidentes de desacato contra los funcionarios que, con nombre propio, tengan a su cargo órdenes incumplidas”.

¿Qué busca la sesión técnica en La Guajira?

La jornada presencial, convocada, reunió a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017, integrada por los magistrados Carlos Camargo Assis (quien la preside), Vladimir Fernández Andrade y la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera.

Además, estaban presentes los alcaldes de los municipios accionados en dicha sentencia como Riohacha, Maicao, Manaure y Uribia, además del gobernador de La Guajira, Jairo Aguilar Deluque.

El propósito de la sesión era revisar los avances en el cumplimiento de las órdenes judiciales y los obstáculos que impiden superar las condiciones estructurales que dieron origen a la decisión.

Entre las prioridades está lograr un plan unificado y un cronograma con fechas ciertas para su adopción.

“El plan debe ser sostenible. Aquí nadie puede decir que el problema es de otro”, insistió el magistrado Camargo, al señalar que las autoridades deben dejar atrás las respuestas fragmentadas y avanzar hacia una actuación coordinada.

Claves del tema, en cuatro preguntas:

¿Qué advirtió la Corte Constitucional sobre la crisis de agua potable en La Guajira?

La Corte Constitucional advirtió que el suministro de agua mediante carrotanques no puede seguir siendo la respuesta permanente del Estado tras nueve años de emergencia en La Guajira. Durante una audiencia técnica en Riohacha para verificar el cumplimiento de la Sentencia T-302 de 2017, el alto tribunal exigió al Gobierno un plan unificado con fechas concretas para garantizar los derechos fundamentales del pueblo wayúu, bajo amenaza de sancionar con desacato e inclusive arresto a los funcionarios que incumplan.

Agua potable en La Guajira: ¿Por qué el Estado sigue sin un plan unificado tras nueve años?

La falta de coordinación institucional y la ausencia de un Plan Estructural de Acción definitivo han impedido que las entidades nacionales y territoriales adopten una hoja de ruta clara para resolver la falta de agua potable en La Guajira. Aunque la Sentencia T-302 declaró el Estado de Cosas Inconstitucional para proteger a la niñez wayúu, la atención se ha limitado a medidas temporales sin metas e indicadores medibles que aseguren soluciones definitivas y sostenibles. 

¿Cuáles son las sanciones para los funcionarios que la incumplan la Sentencia T-302 de la Corte en La Guajira?

Los funcionarios que no ejecuten las órdenes de la Sentencia T-302 para superar la crisis humanitaria en La Guajira enfrentan incidentes de desacato con multas de hasta 20 salarios mínimos y arrestos de hasta seis meses, sin perjuicio de acciones penales. La Sala Especial de Seguimiento de la Corte Constitucional enfatizó que sus mandatos son de obligatorio cumplimiento e instó a las autoridades locales y nacionales a asumir responsabilidades directas en lugar de dispersar las acciones.

¿Qué objetivo tuvo la audiencia de la Corte Constitucional en Riohacha sobre la crisis wayúu?

Evaluar los avances en el cumplimiento de las medidas judiciales y remover los obstáculos institucionales que perpetúan la vulneración de derechos de las comunidades wayúu fue el propósito central de la jornada presencial de la Corte Constitucional en Riohacha. La sesión reunió a magistrados del alto tribunal, alcaldes de los municipios involucrados y al gobernador departamental para coordinar una estrategia integral que reemplace la atención fragmentada por soluciones de fondo.