En Colombia, la terminación de un contrato laboral con justa causa está regulada por el Código Sustantivo del Trabajo que, en el artículo 62, establece las razones por las cuales un empleador puede despedir a un trabajador sin que ello implique el pago de indemnización. Se trata de situaciones graves que afectan la confianza, la disciplina o el normal desarrollo de la relación laboral.
Este tipo de acciones no cumplen con ámbitos profesionales y la empresa puede tomar la decisión de rescindir un contrato si considera que un empleado ha cometido alguna falla en el espacio de trabajo. Cabe destacar que la ley contempla como terminación unilateral de contrato por justa causa las siguientes acciones indebidas.
¿Cuáles son los casos por los que un empleado puede ser despedido con justa causa?
El primer numeral del artículo citado indica que una empresa puede acabar el contrato si sufre un "engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o tendientes a obtener un provecho indebido". Es decir, si el empleado presentó documentos falsos en el proceso de contratación y la empresa nota esta acción, puede despedir al trabajador, incluso si lleva años de labor.
El artículo continúa señalando a los actos de violencia como el siguiente ítem que puede significar un despido justificado. Afirma que "todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores, contra el patrono, los miembros de su familia, el personal directivo o los compañeros de trabajo" son motivo directo de finalización unilateral del contrato.
Muy relacionado con el apartado 3 del artículo 62 del Código Sustantivo de Trabajo, que habla de violencia contra los sujetos mencionados anteriormente, pero fuera de los espacios laborales. Así lo retrata: "Todo acto grave de violencia, injuria o malos tratamientos en que incurra el trabajador fuera del servicio, en contra del patrono, de los miembros de su familia o de sus representantes, y socios, jefes de taller, vigilantes o celadores".
Los daños materiales dentro del entorno laboral, también pueden considerarse como causales de despido justificado. Según indica el Código, "todo daño material causado intencionalmente a los edificios, obras, maquinarias y materias primas, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo, y toda grave negligencia que ponga en peligro la seguridad de las personas o de las cosas", es otro motivo de despido.
El quinto apartado se refiera a "todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el taller, establecimiento o lugar del trabajo, o en el desempeño de sus labores", como otra causal de finalización de contrato. Es decir, si un empleado roba objetos de su espacio laboral, puede incurrir en esta falta.
El sexto numeral se refiere a las prohibiciones especiales constatadas en los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo de Trabajo. Lo anterior, específicamente, es: obligaciones del empleado y prohibiciones a los trabajadores. Complementa este artículo diciendo: "o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos".
Capturas, revelaciones o deficiencia: otras razones por la que lo pueden despedir
Si un empleado es capturado por las autoridades nacionales, puede ser despedido justificadamente. Así lo dice la ley: "La detención preventiva del trabajador por más de treinta (30) días, a menos que posteriormente sea absuelto; o el arresto correccional que exceda de ocho (8) días, o aun por un tiempo menor, cuando la causa de la sanción sea suficiente por sí misma para justificar la extinción del contrato". Es claro en decir que si es absuelto, el empleado no podrá ser despedido.
Un trabajador que revele secretos técnicos o comerciales de la empresa en la que esté siendo empleado, puede ser despedido con toda justificación, especialmente si esto tiene un perjuicio para la empresa.
Si un empleado demuestra un bajo rendimiento adrede, podrá ser despedido justificadamente. Lo anterior, solo es posible si no corrige esta falla en un tiempo estimado pactado con su superior.