Los propietarios de vehículos eléctricos y de algunos híbridos en Colombia pueden solicitar la devolución del IVA que pagaron al momento de comprar el carro, pero el beneficio tiene varias condiciones y no aplica para todos los modelos.
El tema volvió a llamar la atención por las dificultades que algunos ciudadanos han encontrado para realizar el trámite ante la DIAN. La entidad reconoció el aumento de solicitudes y anunció nuevas medidas para atender la demanda.
¿Qué vehículos pueden acceder?
La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) contempla dentro de este incentivo los vehículos completamente eléctricos y los híbridos con tecnología HEV y PHEV. Los híbridos ligeros MHEV no pueden acceder a estos incentivos tributarios.
Además, la DIAN ha precisado que las personas naturales que compren estos vehículos nuevos para uso personal pueden acceder al beneficio, siempre que cuenten con la certificación correspondiente de la UPME.
Primero hay que pasar por la UPME
El propietario debe solicitar ante la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) la certificación que acredita que el vehículo cumple las condiciones para acceder al incentivo.
La solicitud se realiza en línea, a través del sistema de la entidad (Clic AQUÍ). Allí se registra la información del propietario y del vehículo y posteriormente se puede consultar el estado del trámite. Sin esta certificación no se puede estructurar la solicitud de devolución ante la DIAN.
¿Y si el concesionario ya cobró el IVA?
La exclusión del IVA solamente puede aplicarse cuando se cuenta con la certificación de la UPME. Por eso, si el vehículo fue vendido inicialmente con el impuesto incluido y posteriormente se obtiene la certificación, el IVA pagado puede solicitarse ante la DIAN como pago de lo no debido.
Para hacerlo, la DIAN exige, entre otras condiciones, que la factura corresponda al vehículo certificado, que el IVA no haya sido previamente devuelto o compensado y que ese impuesto no haya sido utilizado como mayor valor del costo, deducción en renta o impuesto descontable.
Paso a paso para solicitar el dinero
1. Obtener el certificado de la UPME.
Primero se debe completar el trámite ante la UPME y obtener la certificación del vehículo.
2. Tener la factura y los soportes.
Es fundamental conservar la factura electrónica, factura de venta o documento equivalente donde aparezca el IVA pagado. La DIAN también exige los documentos que acrediten el cumplimiento de las condiciones tributarias.
3. Diligenciar la solicitud de devolución.
La DIAN utiliza el Formato 010 para este procedimiento. La entidad anunció además un formulario electrónico que genera automáticamente el formato con el objetivo de reducir errores y evitar inadmisiones.
4. Radicar ante la DIAN.
Si el contribuyente tiene su domicilio fiscal en Bogotá, Medellín, Cali o Bucaramanga, debe agendar una cita en el sistema de la DIAN y seguir las instrucciones que entregue la entidad para enviar la documentación.
Para quienes están en otras ciudades del país, no se requiere cita: los documentos deben enviarse al correo electrónico de la Dirección Seccional de la DIAN correspondiente al domicilio fiscal.
La entidad reconoció que actualmente existe una alta demanda de este trámite y por eso está ampliando la capacidad de atención. También aclaró que las dificultades para conseguir una cita no hacen perder el derecho a solicitar la devolución, pues existe un plazo de hasta cinco años para presentar la solicitud.
5. Esperar la revisión.
La DIAN verifica los documentos y determina si la devolución cumple con los requisitos establecidos.
¿Cuánto tiempo hay para solicitarla?
Este punto también quedó aclarado por la DIAN. Para la devolución por pago de lo no debido, el término es de cinco años, de acuerdo con las reglas previstas en el Decreto 1625 de 2016 y el artículo 2536 del Código Civil.
La DIAN reiteró el 1 de octubre de 2026 que las dificultades para conseguir una cita no hacen perder ese derecho.
Preguntas clave de la noticia
¿Todos los carros híbridos tienen derecho?
No. Los vehículos completamente eléctricos y los híbridos HEV y PHEV están contemplados. Los MHEV están excluidos.
¿La devolución es automática?
No. Es necesario obtener la certificación de la UPME y posteriormente presentar la solicitud ante la DIAN con los documentos exigidos.
¿Si compré el carro hace años todavía puedo solicitarla?
Puede ser posible. El plazo para pedir la devolución por pago de lo no debido es de cinco años, contados conforme a las reglas aplicables al trámite.
¿Qué pasa si no consigo una cita?
La DIAN aseguró que la demora en el agendamiento no elimina el derecho a solicitar la devolución. Además, fuera de Bogotá, Medellín, Cali y Bucaramanga no se requiere cita para este trámite.