DIAN explica cuándo colombianos en el exterior deben declarar renta en 2026

Los colombianos deberán estar atentos a sus ingresos y posesiones en el país para saber si deben o no presentar tributos.
La DIAN y el reglamento tributario son tácitos en la declaración para residentes en el exterior. Crédito: Colprensa

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió las directrices oficiales para la temporada de declaración de renta del año 2026. Una de las dudas más recurrentes recae sobre los connacionales que residen fuera del país: ¿debe un colombiano que vive en el exterior tributar en su tierra natal? La respuesta no depende de la ubicación geográfica, sino de la residencia fiscal y los topes de ingresos o patrimonio generados durante el año gravable 2025'.

¿Si vivo en el exterior debo declarar renta ante la DIAN?

De acuerdo con el Estatuto Tributario, el primer paso para un colombiano en el exterior es determinar si el Estado aún lo considera residente fiscal. Según la DIAN, un colombiano sigue siendo residente para efectos tributarios si cumple con criterios como tener a su cónyuge o hijos menores dependientes en Colombia, o que el 50% o más de sus ingresos anuales (o de sus activos) sean administrados o tengan su origen en territorio nacional.

Si un colombiano habitante en el exterior califica como residente fiscal, tiene la obligación de declarar su "renta mundial", lo que incluye tanto el dinero ganado en el extranjero como los ingresos obtenidos en Colombia. Por el contrario, si no es residente fiscal, solo deberá declarar en caso de que sus ingresos de fuente nacional (por ejemplo, arriendos de propiedades en Colombia) no hayan sido sometidos a la retención en la fuente estipulada en los artículos 407 a 411 del Estatuto Tributario.

Los colombianos en el exterior declaran por sus bienes en el país y los ingresos nacionales.Crédito: Freepik

¿Cuáles son los topes para la declaración en 2026?

Para el año 2026, la DIAN ha establecido que deben declarar renta las personas naturales que durante el año 2025 hayan cumplido con alguno de los siguientes requisitos (valores calculados sobre la UVT de 2025):

  1. Patrimonio Bruto: Que al 31 de diciembre de 2025 sea igual o superior a $211.237.000.
  2. Ingresos Brutos: Que el total de ingresos en el año sea igual o superior a $65.827.000 (aprox. 1.400 UVT).
  3. Consumos y Compras: Que los pagos con tarjeta de crédito o compras totales superen los $65.827.000.
  4. Consignaciones Bancarias: Que el acumulado de depósitos o inversiones financieras sea igual o superior a $65.827.000.

¿Cuál es el calendario para realizar declaraciones de renta?

El calendario tributario para 2026 establece que los vencimientos iniciarán el 12 de agosto y se extenderán hasta el 26 de octubre, organizados según los últimos dos dígitos del NIT (que para personas naturales coincide con la cédula).

La DIAN ha enfatizado que los colombianos en el exterior pueden cumplir con esta obligación de forma 100% virtual a través del sistema Muisca. Además, el organismo recuerda la importancia de revisar los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI). Colombia mantiene acuerdos vigentes con naciones como España, Chile, Suiza, Canadá, México, Corea del Sur, entre otros, que permiten que los impuestos pagados en el exterior puedan ser descontados en la declaración local, evitando un doble impacto al bolsillo del contribuyente.

Las personas pueden condonar valor de impuestos en el exterior.Crédito: Freepik

Activos en el exterior

Los colombianos que posean bienes fuera de Colombia (cuentas bancarias, inmuebles o inversiones) cuyo valor agregado supere las 2.000 UVT, deben presentar la Declaración Anual de Activos en el Exterior. Esta es una declaración informativa, pero su omisión genera sanciones considerables. Los plazos para este trámite vencen en abril de 2026.

La DIAN llamó la atención a los ciudadanos a consultar su "Información Reportada por Terceros" (exógena) en su portal oficial para verificar qué datos tienen las autoridades sobre sus movimientos financieros antes de proceder con el trámite.

¿Hay descuentos tributarios para colombianos en el exterior si se paga en el país de residencia?

Los colombianos que viven en otro país y que declaran en este, tienen la posibilidad de restar el costo de este valor en su responsabilidad con la DIAN. Esto es gracias al artículo 254 del Estatuto Tributario, en el que se aclara que el descuento no puede exceder el monto correspondiente al tributo en Colombia.

Asimismo, Colombia tiene convenios con España, Chile, Suiza, Canadá, México, Corea del Sur Portugal, República Checa, India, Reino Unido, Francia, Italia, Uruguay, Japón y países de la Comunidad Andina, con el fin de evitar doble imposición.

Para aplicar, es importante presentar certificados y pruebas de pago en el proceso de declaración.