Gobierno De La Espriella elimina temporalmente trámite para taxis: ¿desde cuándo rige y dónde aplica?

La decisión está en el artículo 40 del Decreto 1001 de 2026, que eliminó este requisito para el transporte público.
El Ministerio de Transporte modificó las condiciones para los taxis que realizan recorridos entre municipios Crédito: Colprensa

El Ministerio de Transporte modificó las condiciones para los taxis que realizan recorridos entre municipios. Esta medida elimina la exigencia de la Planilla Única de Viaje Ocasional (Puvo) cuando el servicio se presta entre municipios contiguos, una disposición que busca reducir trámites para los conductores y facilitar los desplazamientos de pasajeros.

La decisión está en el artículo 40 del Decreto 1001 de 2026, que eliminó este requisito para el transporte público individual en vehículos tipo taxi entre municipios que comparten límite territorial. La reglamentación establece así una diferencia frente a otros recorridos en los que la planilla continúa como requisito.

¿En qué casos ya no se necesita la planilla?

La modificación aplica específicamente a los desplazamientos entre municipios contiguos. En estos trayectos, los conductores de taxi pueden movilizar pasajeros sin realizar el trámite asociado a la Puvo.

El cambio busca disminuir las cargas administrativas que enfrentaban los conductores para prestar el servicio entre territorios vecinos. De esta manera, un taxi que realice un recorrido bajo las condiciones de la norma no necesita diligenciar la planilla únicamente por cruzar de un municipio contiguo a otro.

La medida no significa que la Puvo desaparezca para todos los recorridos. Cuando el desplazamiento corresponda a un trayecto que no se encuentre dentro de la condición de municipios contiguos, el requisito continúa sujeto a las reglas vigentes para este tipo de servicio.

Por eso, los conductores deben diferenciar el tipo de recorrido antes de iniciar el viaje. La eliminación del trámite está vinculada al límite territorial entre municipios y no constituye una autorización general para movilizar pasajeros entre cualquier ciudad o territorio sin documentación.

El requisito se mantiene en las zonas afectadas por el sismo

Existe una excepción relacionada con los territorios afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026. El Decreto 1424 de 2026 dispone una suspensión provisional de la aplicación de la eliminación de la Puvo en los municipios comprendidos dentro del ámbito territorial de la emergencia.

El documento explica que las restricciones de movilidad y las afectaciones en corredores viales generadas por el terremoto llevaron al Gobierno a mantener mecanismos de control y trazabilidad sobre los vehículos tipo taxi que circulan en esas zonas.

La medida tiene carácter temporal. El decreto establece que esta suspensión opera durante la situación de desastre declarada por el sismo, con un límite máximo de seis meses contados desde la publicación del decreto.

El alcance de la excepción se determina por los municipios incluidos en el territorio de la emergencia, de acuerdo con las disposiciones que declararon y modificaron el estado de calamidad. Por esta razón, la aplicación de la medida no corresponde a todos los municipios de un departamento.

En el resto del territorio que no esté comprendido dentro de la emergencia, continúa la regla que permite el desplazamiento en taxi entre municipios contiguos sin Puvo, conforme al Decreto 1001 de 2026.

¿Qué deben revisar los conductores antes de realizar un viaje?

Los conductores deben verificar si el recorrido corresponde a municipios contiguos y si el lugar donde prestarán el servicio está incluido dentro del ámbito territorial de la emergencia por el sismo.

¿La Puvo desapareció para todos los taxis?

No. La eliminación del requisito corresponde a los servicios entre municipios contiguos. La planilla permanece para los casos que no entren en esa condición y, de manera temporal, también se mantiene en los municipios comprendidos en la emergencia establecida por el Decreto 1424 de 2026.

¿Cuánto tiempo puede durar la excepción por el terremoto?

El Decreto 1424 establece un plazo máximo de seis meses desde su publicación para la suspensión provisional de la medida en los municipios afectados por la emergencia. Su aplicación está vinculada a la situación de desastre ocasionada por el sismo del 10 de agosto de 2026.