Se vence el plazo del ICA en Bogotá: quiénes deben pagarlo y cómo calcular el valor

La entidad reiteró que cumplir dentro del plazo evita sanciones e intereses y permite que el Distrito mantenga el flujo de recursos.
El vencimiento establecido aplica para los agentes retenedores del ICA. Crédito: Freepik

El calendario tributario en la capital del país continúa su curso y fija una nueva fecha para los contribuyentes obligados a cumplir con sus responsabilidades fiscales. La Secretaría Distrital de Hacienda informó que este viernes 20 de marzo de 2026 vence el plazo para declarar y pagar la retención del impuesto de Industria y Comercio (ReteICA) correspondiente al primer bimestre del año, es decir, enero y febrero.

La entidad reiteró que cumplir dentro del plazo evita sanciones e intereses y permite que el Distrito mantenga el flujo de recursos destinados a la ejecución de obras y la prestación de servicios. También insistió en la necesidad de realizar el trámite con anticipación para evitar congestiones en los sistemas.

Canales disponibles para declarar y pagar

Desde la entidad se indicó que existen varias alternativas para facilitar el cumplimiento de esta obligación. El director de Impuestos de la Secretaría, Pablo Verástegui, explicó que los contribuyentes pueden hacer el proceso a través de los canales oficiales habilitados por la entidad.

En Bogotá, las tarifas del ICA oscilan entre el 0,2 % y el 1,4 %, dependiendo del tipo de actividad. Crédito: Freepik

El trámite se puede realizar de forma virtual mediante la plataforma Pagos Bogotá, donde los usuarios tienen la opción de pagar por PSE o por transferencia bancaria. Esta modalidad permite presentar la declaración y efectuar el pago en un mismo proceso.

La entidad señaló que el uso de herramientas digitales busca reducir tiempos y facilitar el acceso al sistema, especialmente para quienes deben cumplir con esta obligación de forma periódica.

Qué es el ICA y cómo se calcula

El impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un tributo municipal que deben pagar las personas y empresas que desarrollan actividades económicas dentro de una ciudad, como la venta de bienes o la prestación de servicios.

Este impuesto se liquida sobre los ingresos brutos, lo que significa que no depende de las utilidades sino del total de ingresos generados en el periodo correspondiente. Por esta razón, su valor puede variar según el nivel de actividad económica.

La Secretaría de Hacienda recuerda que cumplir con esta obligación dentro del tiempo que se establece evita costos adicionales y garantiza el correcto reporte de la información tributaria. Crédito: Freepik

En Bogotá, las tarifas del ICA oscilan entre el 0,2 % y el 1,4 %, dependiendo del tipo de actividad. La periodicidad del pago puede ser mensual, bimestral o anual, de acuerdo con la clasificación del contribuyente.

Quiénes deben cumplir con el ReteICA

El vencimiento establecido aplica para los agentes retenedores del ICA. En este grupo se encuentran entidades públicas, grandes contribuyentes definidos por la DIAN, empresas designadas mediante la Resolución DDI-000305 de 2020 y algunos intermediarios que participan en operaciones económicas.

Estos actores tienen la obligación de practicar la retención del impuesto en las transacciones y posteriormente trasladar esos recursos a la administración distrital dentro de los plazos definidos.

La Secretaría de Hacienda recuerda que cumplir con esta obligación dentro del tiempo que se establece evita costos adicionales y garantiza el correcto reporte de la información tributaria. También reiteró que los canales virtuales siguen siendo la principal opción para realizar el proceso de declaración y pago del ReteICA.