Instituto Nacional de Salud aclara que aún no ha emitido un concepto sobre el plan piloto de aspersión

El INS informó que aún no emitirá concepto técnico sobre el plan piloto de aspersión aérea con glufosinato; espera evidencia para evaluar riesgos.
El exministro planteó combinar aspersión aérea, erradicación manual, desarrollo alternativo y cooperación internacional. Crédito: Colprensa

El Instituto Nacional de Salud (INS) informó que, hasta el momento, no ha emitido un concepto técnico en materia de salud sobre el plan piloto de erradicación de cultivos ilícitos mediante aspersión aérea con glufosinato de amonio, contemplado en la Resolución 007 de 2026 del Consejo Nacional de Estupefacientes.

A través de un comunicado divulgado este 2 de octubre, la entidad explicó que todavía se encuentra a la espera de la información y los insumos científicos necesarios para realizar una evaluación integral de los posibles riesgos que esta estrategia podría representar para la salud de la población.

Impactos potenciales asociados con la sustancia

El INS recordó que, en su condición de autoridad científico-técnica en salud pública, tiene la responsabilidad de analizar de manera rigurosa los impactos potenciales asociados con la sustancia y las condiciones en las que se aplicaría. Para ello, señaló que debe contar previamente con evidencia técnica y científica suficiente que permita desarrollar un estudio ajustado a los requisitos legales y metodológicos exigidos para la emisión de un concepto formal.

Según la entidad, la evaluación deberá examinar aspectos relacionados con los posibles efectos que el glufosinato de amonio y su formulación podrían generar en las personas, teniendo en cuenta factores como los escenarios de exposición de las comunidades y las características específicas de la eventual aplicación aérea del producto.

Participación del Consejo Nacional de Estupefacientes

En el pronunciamiento, el Instituto enfatizó que su participación dentro de este proceso tiene un carácter exclusivamente técnico. En ese sentido, indicó que su función consiste en aportar evidencia científica para la protección de la salud pública, mientras que la determinación sobre la puesta en marcha o no del plan piloto corresponde al Consejo Nacional de Estupefacientes, organismo que tiene la competencia para adoptar esa decisión.

Asimismo, el INS aseguró que continuará trabajando de manera articulada con las entidades involucradas para recopilar la información requerida y avanzar en la elaboración de un análisis técnico sustentado, independiente y oportuno.

La institución también reiteró su compromiso con el uso de la evidencia científica como base para la toma de decisiones públicas. De igual manera, señaló que seguirá cumpliendo las funciones que le asigna el marco jurídico colombiano en materia de vigilancia y protección de la salud de la población.

Clave del tema en cuatro preguntas:

¿Qué informó el Instituto Nacional de Salud sobre el plan piloto de aspersión aérea?

El Instituto Nacional de Salud aclaró que, hasta la fecha, no ha emitido un concepto técnico en salud sobre el plan piloto de erradicación de cultivos ilícitos mediante aspersión aérea con glufosinato de amonio contemplado en la Resolución 007 de 2026.

¿Por qué el INS aún no ha emitido ese concepto?

Porque necesita contar previamente con información, estudios y elementos técnicos y científicos suficientes que le permitan realizar una evaluación rigurosa de los posibles riesgos para la salud de la población y cumplir con los requisitos establecidos por la ley.

¿Qué aspectos analizará el Instituto en su evaluación?

La entidad estudiará los posibles efectos que la sustancia y su formulación podrían generar en la salud de las personas, teniendo en cuenta las condiciones de aplicación del producto y los diferentes escenarios de exposición de las comunidades potencialmente afectadas.

¿Quién tomará la decisión sobre la implementación del plan piloto?

El INS señaló que su función es exclusivamente técnica y consiste en aportar evidencia científica. La decisión sobre la ejecución o no del plan piloto corresponde al Consejo Nacional de Estupefacientes, dentro del marco de sus competencias legales.