El Ministerio de Salud publicó un proyecto de resolución que establece mecanismos para reconocer y articular las parterías tradicionales y ancestrales con el sistema de salud colombiano.
La propuesta busca integrar estos saberes a la atención de mujeres, recién nacidos, familias y comunidades, especialmente en territorios indígenas y en comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
El documento plantea que las parteras y parteros sean reconocidos como actores fundamentales del cuidado de la salud y de la Atención Primaria en Salud, respetando sus conocimientos, prácticas, cosmovisiones y formas propias de organización.
El borrador de la resolución también propone mecanismos de contratación y compensación económica por las actividades que desarrollen dentro de los procesos de atención y cuidado.
Un reconocimiento a los saberes ancestrales
La propuesta define las parterías ancestrales y tradicionales como sistemas de conocimientos milenarios y comunitarios vinculados con las cosmovisiones de los pueblos indígenas y de las comunidades afrodescendientes. Estos saberes abarcan el cuidado del cuerpo, la mente y el espíritu, los ciclos reproductivos, el acompañamiento durante el embarazo y el parto, el puerperio y la atención de recién nacidos y niños.
El proyecto también reconoce a las parteras y parteros como personas legitimadas por sus propias comunidades, cuyos conocimientos son transmitidos de generación en generación. El documento los identifica como “guardianas de la vida y portadoras de memorias vivas y saberes ancestrales”.
En el caso de la partería afro del Pacífico, el Ministerio destaca los conocimientos relacionados con el cuidado del cuerpo y el uso de plantas medicinales, desarrollados principalmente por mujeres de esta región para atender el ciclo reproductivo y otras necesidades de salud de sus comunidades.
La partería tendría un papel dentro de la Atención Primaria
Uno de los principales cambios planteados es reconocer a las parteras y parteros como integrantes del tejido comunitario y actores relevantes de la Atención Primaria en Salud.
Según la propuesta, su participación puede contribuir a la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la identificación de riesgos y el acompañamiento de mujeres y familias durante diferentes procesos de salud. También se les reconoce un papel para superar barreras geográficas, económicas, culturales y administrativas, particularmente en zonas rurales, dispersas y de difícil acceso.
El proyecto establece además que el sistema de salud deberá realizar adaptaciones socioculturales y técnicas para incorporar los saberes de la partería en las rutas de atención. Esto podría incluir ajustes en protocolos y procedimientos, equipos extramurales con participación de personas de las propias comunidades, acompañamiento de parteras en los servicios de salud y adecuaciones de infraestructura acordes con las cosmovisiones de los pueblos.
La propuesta plantea que estas adecuaciones no sean diseñadas únicamente desde las instituciones. Por el contrario, las comunidades y las propias parteras deberán participar en su construcción, con el propósito de establecer un diálogo entre los diferentes conocimientos y desarrollar mecanismos de atención pertinentes.
Contratación y compensación económica
Uno de los puntos de mayor relevancia es la posibilidad de vincular formalmente a las parteras y parteros a procesos de atención en salud.
El proyecto señala que podrán participar en procesos de atención y en acciones de gestión relacionadas con el cuidado de personas, familias y comunidades. Los procesos de contratación podrán ser desarrollados por las EPS, las redes de prestación de servicios, las entidades territoriales y otros actores presentes en los territorios.
Además, las organizaciones de parteras podrán constituirse progresivamente como Organizaciones de Base Comunitaria, siempre que cumplan las condiciones previstas en la normativa correspondiente. Esto permitiría establecer acuerdos de voluntades con entidades responsables del pago o instituciones prestadoras de servicios de salud.
El documento establece expresamente que las parteras y parteros que sean vinculados o se articulen como organizaciones de base comunitaria deberán recibir una compensación económica por las acciones de apoyo y acompañamiento que desarrollen, de acuerdo con las funciones contratadas y los recursos destinados a las intervenciones individuales, acciones de gestión e intervenciones colectivas.
No se exigirían títulos académicos para ejercer la partería ancestral
Otro de los elementos centrales de la propuesta es que la incorporación al sistema de salud no implique desconocer los mecanismos propios mediante los cuales las comunidades reconocen a sus parteras y parteros.
El proyecto establece que los procesos de caracterización de las prácticas, saberes y personas dedicadas a la partería no podrán convertirse en un requisito de autorización, certificación, habilitación o acreditación para ejercer esta práctica. Tampoco podrán utilizarse para desconocer las formas propias de reconocimiento comunitario.
De igual manera, el mecanismo de identificación y registro nacional que se propone tendría carácter voluntario. El documento señala que no podrá sustituir los mecanismos propios de legitimación comunitaria ni implicar la exigencia de títulos académicos, certificaciones externas o requisitos incompatibles con la naturaleza tradicional y ancestral de la partería.
La propuesta también determina que las parteras tradicionales y ancestrales deben ser consideradas talento humano en salud propio y enfatiza que no se trata de personal voluntario de los servicios de salud.
Atención de emergencias y partos fuera de instituciones
El proyecto reconoce además la importancia de las parteras como primeras respondientes en determinadas situaciones, especialmente en zonas rurales dispersas y territorios donde el acceso a servicios institucionales puede ser limitado.
Entre las funciones señaladas están el acompañamiento y apoyo en partos ocurridos fuera de instituciones de salud, la identificación y prevención de complicaciones, la certificación de nacimientos atendidos fuera de los establecimientos sanitarios y el acompañamiento emocional y espiritual a personas afectadas por situaciones de violencia. También se contempla su apoyo a familias durante emergencias relacionadas con desastres y otras situaciones que requieran una primera respuesta en salud.
El documento plantea, además, que los servicios de salud deberán establecer mecanismos para garantizar una atención oportuna a las gestantes que sean acompañadas o remitidas por parteras tradicionales o ancestrales, incluyendo aquellas que presenten emergencias obstétricas. La coordinación deberá realizarse de manera respetuosa y con mecanismos claros de comunicación.
Un enfoque especial para pueblos indígenas y comunidades afro
La resolución contempla mecanismos diferenciados para la partería de los pueblos indígenas y para las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
En el caso de las comunidades afro, el Ministerio plantea adoptar medidas para garantizar la integración efectiva de las parteras tradicionales al Sistema General de Seguridad Social en Salud, reconociendo su papel en la salud materno-perinatal y sus conocimientos ancestrales. Estos desarrollos deberán construirse con las instancias representativas de las comunidades y las organizaciones de parteras.
Para los pueblos indígenas, las parteras y parteros serán reconocidos como parte del talento humano propio en salud y como actores del Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural (SISPI). Su participación se plantea dentro de la estrategia de Atención Primaria en Salud Propia e Intercultural, de acuerdo con los sistemas de conocimiento y las formas de cuidado de cada pueblo.
La mortalidad materna, uno de los argumentos del proyecto
El Ministerio fundamenta la propuesta también en la necesidad de fortalecer las estrategias para reducir la mortalidad materna en Colombia.
De acuerdo con las cifras de Estadísticas Vitales del DANE citadas en el proyecto, en 2024 la razón de mortalidad materna fue de 45,6 muertes por cada 100.000 nacidos vivos, frente a 46,9 en 2023 y 48,4 en 2022. Aunque el indicador presenta una tendencia descendente, el documento advierte que todavía se encuentra por encima de la meta nacional de 32 muertes por cada 100.000 nacidos vivos y que persisten importantes diferencias territoriales, particularmente entre la población indígena.
El mismo documento reporta que durante 2024 se registraron 453.901 nacidos vivos en Colombia y que 3.385 nacimientos fueron atendidos por parteras o parteros en el domicilio o en lugares diferentes a una institución de salud. Para el Ministerio, esta cifra evidencia la necesidad de fortalecer el acompañamiento que históricamente han brindado las parteras y mejorar su articulación con la respuesta institucional.
Un proceso respaldado por decisiones de la Corte Constitucional
La propuesta tiene como antecedente principal la Sentencia T-128 de 2022 de la Corte Constitucional, en la cual se reconoció la partería no solamente como una práctica relacionada con la salud, sino también como un saber ancestral, patrimonio cultural y una expresión cultural y étnica.
Según el proyecto de resolución, la Corte exhortó al Ministerio de Salud a desarrollar las iniciativas necesarias para integrar a las parteras al sistema, respetando sus métodos y conocimientos ancestrales y sin imponer requisitos de formación académica propios de la medicina occidental. También señaló la necesidad de adoptar medidas de protección y reconocimiento económico por los servicios prestados.
El proyecto también recoge otros antecedentes normativos, entre ellos la Ley 1164 de 2007, que reconoce las culturas médicas tradicionales; la Ley Estatutaria 1751 de 2015, que incorpora la interculturalidad como principio del derecho fundamental a la salud; y normas relacionadas con la certificación de nacimientos atendidos por parteras.
Caracterización y registro nacional
El Ministerio también propone avanzar en una caracterización participativa de las parterías tradicionales y ancestrales, sus prácticas, saberes, organizaciones y formas de ejercicio.
La finalidad sería obtener información que contribuya a la formulación de políticas públicas, fortalecer las acciones de cuidado, proteger los conocimientos ancestrales y construir mecanismos de articulación intercultural con el sistema de salud. El proceso deberá respetar la autonomía, la libre determinación, la participación efectiva, el consentimiento de las comunidades y la protección de los conocimientos tradicionales.
De acuerdo con el texto, la implementación deberá hacerse de manera progresiva y concertada con los pueblos y comunidades étnicas, reconociendo las diferencias entre sus cosmovisiones, sistemas de cuidado y formas organizativas.
¿Qué cambia con la propuesta?
De aprobarse y entrar en vigencia en los términos planteados, la resolución establecería una ruta para que la partería ancestral deje de ser vista únicamente como una práctica comunitaria aislada y pase a tener mecanismos definidos de articulación con el sistema de salud.
Entre los principales elementos se encuentran el reconocimiento de las parteras como actores de la Atención Primaria en Salud, su participación en equipos y actividades comunitarias, la adecuación intercultural de las rutas materno-perinatales, la posibilidad de contratación y compensación económica, el fortalecimiento de competencias interculturales del personal sanitario y la construcción de mecanismos de coordinación para atender emergencias obstétricas.
El documento establece que la resolución regiría a partir de su publicación
En ese sentido, la propuesta representa un paso hacia un modelo de salud que busca combinar la atención institucional con los conocimientos ancestrales de comunidades que durante generaciones han acompañado los procesos de gestación, parto, posparto y cuidado de la primera infancia. Su implementación, de acuerdo con el propio texto, deberá avanzar mediante diálogo, concertación y respeto por la autonomía cultural de los pueblos y comunidades.
Claves del tema en cuatro preguntas y respuestas
¿Cuál es el principal objetivo del proyecto de resolución sobre la partería ancestral?
El proyecto busca reconocer y establecer mecanismos para articular a las parteras y parteros tradicionales y ancestrales con el sistema de salud, así como incorporar sus prácticas a los modelos de atención propios e interculturales de los pueblos indígenas y de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
¿Las parteras y parteros podrían recibir una remuneración por su trabajo?
Sí. El proyecto establece que las parteras y parteros que sean vinculados al sistema de salud o que se articulen como Organizaciones de Base Comunitaria deberán recibir una compensación económica por las acciones de apoyo, acompañamiento y cuidado que realicen, de acuerdo con las funciones contratadas.
¿Se exigirán títulos académicos para reconocer a una persona como partera tradicional o ancestral?
No. El documento señala que el registro o identificación de las parteras será voluntario y que no podrá utilizarse para exigir títulos académicos, certificaciones externas o requisitos incompatibles con la naturaleza ancestral de la práctica. Además, se deberán respetar los mecanismos propios mediante los cuales cada comunidad reconoce a sus parteras y parteros.
¿Qué papel tendrán las parteras dentro de la atención en salud?
Las parteras serán reconocidas como actores importantes de la Atención Primaria en Salud. Podrán participar en promoción y prevención, acompañamiento durante el embarazo, parto y posparto, identificación de riesgos, atención inicial en emergencias y articulación con los servicios institucionales. También se contempla su participación en equipos extramurales y el acompañamiento a gestantes remitidas a instituciones de salud.