Las patinetas eléctricas se han vuelto muy populares en Colombia, pues son un medio de transporte económico y fácil de usar para llegar al trabajo o a cualquier otro lugar con facilidad. Sin embargo, su uso ya está regulado por la Ley 2486 de 2025, en la que se establece la edad mínima para utilizarlas y las multas que podría recibir quien incumpla alguna norma.
La regulación sobre patinetas eléctricas en Colombia 2026 define condiciones de circulación, requisitos para conductores y un listado de infracciones con sanciones. La norma fija parámetros para los vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana y determina cómo deben usarse en las vías del país.
Edad mínima para patinetas eléctricas en Colombia
Uno de los puntos centrales de la ley es la edad mínima para patinetas eléctricas en Colombia, que se estableció en 16 años. La norma indica que el incumplimiento de esta disposición puede generar la inmovilización del vehículo.
El documento también contempla una excepción: los menores entre 12 y 16 años podrán usar estos vehículos únicamente en ciclo-infraestructura. Esto implica que no podrán circular por vías vehiculares.
Además, se establece que estos vehículos deben ser utilizados para transporte personal, sin permitir el traslado de más de una persona, salvo reglamentación específica.
Normas de circulación para patinetas eléctricas en Colombia
La ley fija reglas claras sobre la circulación de patinetas eléctricas en Colombia. Entre las principales disposiciones se encuentra la prohibición de transitar por andenes o zonas destinadas a peatones y la prioridad de uso de la ciclo-infraestructura cuando exista.
En ausencia de estos espacios, los usuarios podrán circular por vías permitidas, ocupando el carril derecho y respetando las normas de tránsito. La velocidad máxima se fijó en 25 km/h en ciclo-infraestructura y hasta 40 km/h en vías habilitadas.
Otro punto obligatorio es el uso de casco. La norma establece que no cumplir con este requisito genera sanciones. También se exige el uso de elementos reflectivos entre las 18:00 y las 6:00, así como luces delanteras y traseras.
La ley también prohíbe conducir bajo efectos de alcohol o sustancias psicoactivas.
Multas para patinetas eléctricas en Colombia 2026
En cuanto a sanciones, la normativa introduce multas para patinetas eléctricas en Colombia 2026 equivalentes a seis (6) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) para quienes incumplan las disposiciones establecidas en la ley.
Entre las infracciones sancionadas se encuentran:
- Circular por andenes o zonas peatonales.
- No usar casco de seguridad.
- Exceder los límites de velocidad establecidos.
- Transportar más de una persona sin autorización.
- No usar elementos reflectivos en horario nocturno.
- Conducir en estado de embriaguez.
- No portar luces reglamentarias.
Estas conductas pueden generar, además de la multa, la inmovilización del vehículo, según lo establecido en la norma.
Qué cambia con la ley de patinetas eléctricas en Colombia
La implementación de esta regulación define condiciones para el uso de estos vehículos en entornos urbanos. La ley establece criterios técnicos, condiciones de seguridad y responsabilidades para los usuarios.
También define que estos vehículos no requieren matrícula, licencia de conducción ni SOAT, siempre que cumplan con las condiciones establecidas en la norma.
Finalmente, se establece que las autoridades territoriales podrán complementar la regulación con medidas locales, especialmente en temas de control y uso de infraestructura.
Con estas disposiciones, el uso de patinetas eléctricas en Colombia 2026 queda sujeto a reglas específicas dentro del sistema vial.