Asia y Andrés son dos gatos que provocaron un cambio en el país, aunque suene inverosímil. Es que viven con Henry Moyano Casallas, su dueño, en su sexto piso del Conjunto Residencial Villa Sue, en Soacha.
A esa altura, la caída de uno de estos animales podría ser peligrosa para su integridad, por lo que Moyano decidió instalar una red de malla con el fin de evitar percances. Y el conjunto lo sancionó con una multa económica que el ciudadano decidió apelar; llevando el caso a la Corte Constitucional que finalmente le dio la razón a Moyano, y de pasó emitió un nuevo concepto que los colombianos deben tener en cuenta de ahora en adelante: la justicia espacial interespecie.
El magistrado Juan Carlos Cortés explicó lo que la Corte Constitucional tuvo en cuenta al momento de atender el caso y extenderlo a una regulación que debe tenerse en cuenta para la construcción de las ciudades en el futuro.
La Corte protegió los derechos de los animales
Según mencionó, la entidad se cuestionó la forma en la que las urbes están diseñadas y "por qué su diseño y regulación pueden resultar hostiles para otros seres vivos cuando no tienen en cuenta sus necesidades ni los mandatos constitucionales de protección y bienestar animal".
Explicó que la Sala Cuarta de la Corte decidió proteger los "derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad familiar" de Moyano, así como la integridad de Andrés y Asia, al "recordar" que son seres sintientes. Por lo anterior, define, "exige garantizar condiciones materiales de bienestar, seguridad, disfrute y desarrollo de comportamientos propios de su especie."
¿Qué es La justicia espacial interespecie?
Gracias a este caso hay un nuevo concepto: la "justicia espacial interespecie". Explica el magistrado Cortés, que "los espacios urbanos domésticos y semiprivados deben entenderse como lugares de convivencia entre humanos y animales de compañía o liminales".
Es decir, como los humanos conviven con animales adoptados o comunes del territorio que habiten, deben adaptarlo para compartirlo y ello implica que las construcciones humanas deben estar adaptadas para tal fin.
El magistrado Cortés afirma que las construcciones de ahora en adelante no pueden excluir a los animales, para que les permita "habitar los espacios de la ciudad de manera segura".
En el caso que definió la decisión de la Corte, el magistrado afirma que la malla instalada por Moyano "permitía que Andrés y Asia pudieran usar el balcón en condiciones de seguridad, exploración, bienestar y disfrute". Por ello, se definió que la arquitectura urbana "no puede ser hostil con los animales que la habitan" y que se debe repensar el diseño basado también en las necesidades de "bienestar, seguridad y comportamiento y desarrollo propio".
¿Qué son los "animales liminales"?
En su intervención, el magistrado se refirió a animales liminales. De acuerdo con la Unión Vegetariana Española, son especies silvestres o "adaptados que viven en espacios urbanos compartidos con los humanos". No son mascotas y el funcionario dio un par de ejemplos al respecto: "zorros o palomas".
Los animales liminales dependen de los entornos que han creado los humanos a lo largo de la historia. Otros animales que entran en esta categoría son gaviotas, ratones, mapaches e, incluso perros y gatos callejeros en otros entornos y ciudades del mundo.
¿Qué cambiará en las ciudades de Colombia con esta decisión?
Por lo anterior, el Ministerio de Vivienda deberá reglamentar la forma en la que se construyen los entornos urbanos, dando atención a la sentencia de la Corte, que prevalece por la atención y desarrollo de animales domésticos y silvestres.
Incluso, plantea la forma en la que a nivel de copropiedades podría haber cambios en el uso de zonas comunes.