Más de un año después de la expedición de la reforma laboral, la Ley 2466, varios apartes siguen sin implementarse del todo. La falta de normativas y directrices que le corresponden al Gobierno nacional no allana el camino de las empresas al aplicar el articulado, sino que dificulta su interpretación en casos clave.
Por eso, en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca avanzan catorce acciones de cumplimiento, un tipo de recurso jurídico para exigirle a una autoridad que cumpla con lo que las leyes mandan. En el caso de la reforma laboral, dicen los expedientes, doce artículos y dos parágrafos siguen sin hacerse realidad.
Uno de ellos es el artículo 18 de la reforma, que ordena garantizar un trabajo libre de violencias y acoso, que define como un "conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y práctica (...), que causen o sean susceptibles de causar un daño físico, psicológico, sexual o económico".
El parágrafo de ese apartado le da al Ministerio del Trabajo doce meses para formular una política pública que contemple protocolos, planes, programas y estrategias para eliminar la violencia, el acoso y la discriminación. La Ley 2466 entró en vigencia el 25 de junio del año pasado, y un año después la cartera no cumplió con el mandato.
Empresas enfrentan dudas mientras el Gobierno defiende su reglamentación
Aunque la agencia gubernamental no permaneció quieta, y durante la primera mitad del año inspeccionó compañías de varios sectores para recoger denuncias sobre acoso, la política pública que debía unificar todos los lineamientos sobre el fenómeno nunca salió a la luz. Por eso, una demanda de once páginas aterrizó en el Tribunal Administrativo.
"El Ministerio del Trabajo no ha formulado la política pública ordenada por el legislador, ni ha expedido acto administrativo alguno mediante el cual la adopte ni ha acreditado gestión que suponga el cumplimiento efectivo del deber a su cargo, pese a haber transcurrido con creces el plazo legal", señala la acción de cumplimiento.
Luis Norberto Cermeño, un magistrado de la Sección Primera del Tribunal de Cundinamarca, admitió la demanda. El Ministerio de Trabajo respondió, asegurando que el 5 de agosto, con el Decreto 1040 —que firmaron el expresidente Gustavo Petro y el exministro Antonio Sanguino—, sí acataron lo que dice la reforma.
Como ese debate, en total hay catorce en curso ante la jurisdicción contencioso administrativa. El artículo 56 de la reforma laboral le da a la cartera de Trabajo y a la de Salud doce meses para reglamentar los "entornos laborales flexibles", una disposición que avala que las empresas permitan el ingreso de mascotas, principalmente perros y gatos.
La formalización de los empleos en plataformas de reparto, en disputa
Transcurrido el plazo, señala otra demanda de once páginas, los ministerios "no han expedido los lineamientos ordenados", así que "han incurrido en una omisión cierta, actual e injustificada frente a un mandato legal imperativo e inobjetable". Lo mismo ocurriría con el artículo 26, sobre plataformas de reparto.
El Ministerio de las TIC también tenía doce meses desde junio del 2025 para apoyar y crear "las herramientas técnicas especializadas que requiera el Ministerio del Trabajo" para ejecutar inspecciones y verificar si las aplicaciones realmente identifican a sus trabajadores y especifican sus derechos por la modalidad de su trabajo.
Al parecer, en la docena de casos que ahora analiza la justicia, el Gobierno no cumplió. "La falta de reglamentación puede generar incertidumbre frente a la aplicación práctica de algunas disposiciones", apunta Carlos Mario Salgado, director jurídico de SPL Salgado Abogados y Consultores, la firma que presentó las acciones de cumplimiento.
"No se trata solamente de discutir si una reforma es conveniente o inconveniente. Una vez existe una ley, el reto institucional es garantizar su cumplimiento. La seguridad jurídica exige que trabajadores y empleadores sepan cuáles son las reglas y cómo deben aplicarse", concluyó el jurista.
Claves del tema, en cuatro preguntas:
¿Por qué hay catorce demandas contra la falta de reglamentación de la reforma laboral?
En el Tribunal Administrativo de Cundinamarca avanzan catorce acciones de cumplimiento que buscan que distintas autoridades acaten las obligaciones de reglamentación establecidas en la Ley 2466 de 2025. Los demandantes sostienen que doce artículos y dos parágrafos todavía no se han implementado plenamente, lo que genera dudas sobre la aplicación de varias disposiciones de la reforma laboral.
¿Qué debía reglamentar el Ministerio del Trabajo sobre el acoso y la violencia laboral?
El artículo 18 de la reforma ordenó al Ministerio del Trabajo formular, en un plazo de doce meses, una política pública para prevenir y eliminar la violencia, el acoso y la discriminación en el ámbito laboral. La demanda sostiene que la cartera no cumplió con ese mandato dentro del plazo establecido, mientras el Gobierno argumenta que el Decreto 1040 de agosto de 2026 permitió atender la obligación prevista en la Ley 2466.
¿Qué otros aspectos de la reforma laboral están en disputa ante los jueces?
Entre los asuntos cuestionados están la reglamentación de los entornos laborales flexibles, incluida la posibilidad de que las empresas permitan el ingreso de animales de compañía, y las obligaciones relacionadas con los trabajadores de plataformas de reparto. En este último caso, el Ministerio de las TIC debía desarrollar herramientas técnicas para apoyar al Ministerio del Trabajo en las inspecciones y verificar el cumplimiento de las reglas laborales.
¿Cómo afecta la falta de reglamentación la aplicación de la reforma laboral?
La ausencia de lineamientos claros puede generar incertidumbre para empresas y trabajadores sobre la manera de aplicar algunas disposiciones de la Ley 2466. Según el abogado Carlos Mario Salgado, una vez expedida una ley, el Estado debe garantizar su cumplimiento y la seguridad jurídica exige que empleadores y trabajadores conozcan con claridad cuáles son las reglas vigentes y cómo deben aplicarse.