Tribunal Administrativo de Bolívar aclaró que la Superintendencia Nacional de Salud debe proceder con la restitución de la administración de Coosalud EPS a su representante legal, Jaime González Montaño, tras precisar el alcance de la medida que suspendió la intervención.
En el auto, el Tribunal establece que, con la suspensión provisional de la intervención, deben retomarse las condiciones previas de administración de la entidad.
En ese sentido, señala que “los últimos funcionarios designados por la Junta Directiva y legitimados para recibir la administración de la EPS” son quienes deben asumir nuevamente el control.
El documento identifica expresamente a Jaime González Montaño como representante legal principal y a Natalia Largo González como suplente, dejando claro que serían quienes están facultados para dirigir la EPS en esta etapa.
Además, el Tribunal recuerda que, según los estatutos, “continuarán ejerciendo el cargo el Presidente anterior hasta tanto no se efectúe un nuevo nombramiento”, lo que refuerza la continuidad en la representación legal de la entidad.
Esta aclaración responde directamente a la solicitud hecha por la Superintendencia Nacional de Salud el pasado 21 de abril, cuando pidió al Tribunal precisar a quién debía devolver la EPS, tras el fallo que suspendió la intervención.
En su momento, la Supersalud aseguró que estaba “plenamente dispuesta y obligada a cumplir con el fallo judicial” y que adelantaba mesas de trabajo con entidades como la Fiscalía y la Contraloría para garantizar una entrega “ordenada, responsable y completa”.
Incluso, había presentado una moción de aclaración para definir “quién es la figura legítima” que debía recibir la administración, punto que ahora queda resuelto con este nuevo pronunciamiento.
El Tribunal también ordena “restablecer las cosas al estado en que se encontraban” antes de la intervención, lo que implica que la administración de Coosalud debe regresar a quienes la ejercían previamente.
Cabe recordar que la medida de intervención no ha sido anulada, sino que sus efectos permanecen suspendidos de manera temporal mientras se toma una decisión de fondo.
Frente a este escenario, Coosalud había señalado que la EPS mantiene la continuidad en la prestación de los servicios y que se han adoptado medidas internas para garantizar la atención de los afiliados y la operación con su red de prestadores.
Con esta decisión, ahora el foco se centra en el cumplimiento del fallo y en el proceso de entrega que deberá adelantar la Superintendencia bajo los lineamientos definidos por el Tribunal.